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Son muchas las consecuencias que pueden sufrir las trabajadoras durante el embarazo.
La normativa en Prevención de Riesgos Laborales prevé la protección de la reproducción de los trabajadores y trabajadoras, para lo cual señala que la evaluación de riesgos inicial debe contemplar el supuesto de que los puestos de trabajo sean ocupados por trabajadoras embarazadas, con parto reciente o lactantes, estando exentos de riesgos que puedan dañar al futuro bebé. Por tanto, la empresa debe de eliminar todo producto, material o condición de trabajo que signifique un riesgo para las mujeres embarazadas.
Modelo de carta de Baja Voluntaria en la empresa
Convenio Hostelería Baleares 2018-2022 (Publicado en el BOIB)
El convenio de ARTE continúa con las posiciones aún muy alejadas
Publicado el Convenio de AHORRO en el BOE: Entran en vigor todas sus mejoras
Firmado el III Plan de Igualdad del Grupo Mediterránea
Segunda reunión del período de consultas en el ERE anunciado por la empresa Poly juguetes/TEAL RETAIL SPAIN S.L.U