CCOO ALCAMPO siempre ha mantenido que la antigüedad cuenta desde el primer día de trabajo en el primer contrato y no desde que pasa a ser indefinido, como defendía la dirección de ALCAMPO.
Con fecha 21 de septiembre de 2021 ha sido notificada a los servicios jurídicos de CCOO Aragón la sentencia en la que se aclara que, aunque desde el primer contrato a los contratos posteriores haya habido interrupciones, se debe considerar que ésta ha sido única en el tiempo.
La sentencia coincide con el planteamiento defendido desde CCOO ALCAMPO, por lo que animamos a que cualquier trabajador/a de Alcampo al que no se le reconozca correctamente la antigüedad se ponga en contacto con la sección sindical para reclamar el abono rectificado de los cuatrienios.