Hoy el comité ha asistido a la última reunión sobre los ERTES

Comunicado Comité: ERTES


COMITÉ DE EMPRESA INFORMA

En el día de hoy nos hemos reunido con la Empresa con el fin de concretar todos los aspectos relacionados al Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) por obras que dará comienzo el próximo día 1 de octubre.


Hemos podido precisar los criterios definitivos de afectación.

1°.- Se establece la voluntariedad como criterio principal.

En caso de no ser cubiertas las plazas por personas voluntarias.

2°.- Afectación inversamente proporcional en anteriores ERTES (serán afectadas antes las personas que menos tiempo estuvieron incluidas en ertes anteriores)

3°.- Días de prestación efectiva en la Empresa (serán afectadas antes las personas que menos prestación de servicio tengan)

Las personas interesadas en acogerse de manera voluntaria al ERTE tienen como plazo máximo hasta el día 24 de septiembre para enviar el modelo de solicitud correspondiente al siguiente correo: 

aitor.yugueros@areas.com

Puedes ponerte en contacto con cualquier Sección Sindical para que te facilitemos el modelo de solicitud.

Es importante recordar que se complementará la prestación por desempleo hasta alcanzar el 100% del salario mensual, sin incluir variables como porcentaje, horas nocturnas o transportes especiales, y con un límite máximo de 375€ por persona y mes.

Cualquier persona que no tenga prestación por desempleo o agote la totalidad de la misma tendrá que presentar certificado de cualquier organismo oficial para justificar esta situación y que pueda ser desafectada con la mayor inmediatez posible.

Quedarán excluidas de afectación del ERTE personas en situación de especial vulnerabilidad ( víctimas de violencia de género, familias monomarentales..) previa acreditación de la misma.

También se podrá solicitar un anticipo en caso de producirse un retraso en el cobro de la prestación que será como máximo dos complementos de 375€.

Así mismo podrá solicitarse un adelanto de las pagas extra devengadas hasta el momento de afectación al erte.

Una vez la persona afectada por el erte haya tramitado su solicitud en la oficina de desempleo tendrá un plazo máximo de 7 días para presentar el certificado con la prestación a recibir en la oficina de personal.

De no hacerlo dejará de cobrar el complemento de erte hasta la presentación de dicho documento.

La Empresa procederá a liquidar todas las vacaciones pendientes de disfrutar previa a la afectación de las personas al erte.

La persona afectada por el erte recibirá la comunicación de su inclusión en el mismo mediante correo electrónico.

Si tienes alguna duda no dudes en ponerte en contacto con él Comité de Empresa.

Madrid, 20 de septiembre de 2024