
Este año el Fondo es de 1.407.005,79 euros.
- El importe mÃnimo del conjunto de las facturas presentadas se establece en 500 euros.
- Las facturas que se remitan han de estar fechadas y emitidas entre el 1-1-2011 al 31-12-2011.
- La grabación y envÃo de documentación se podrá realizar desde el 14 de noviembre de 2011 hasta el 13 de enero de 2012.
- Para efectuar las solicitudes deberán seguirse detenidamente los pasos de la circular en su apartado 1.2, asà como en los anexos 1 y 2.
- Estas solicitudes se enviaron a través de Verne (véase anexo 2 de la circular de la Empresa).
Prestaciones:
Apartado A: Gastos médico-quirúrgicos
Gastos derivados de Hospitalización y Tratamientos Médicos que no cubra la Seguridad Social.
No se contemplan gastos de farmacia, parafarmacia, homeopatÃa, medicina o terapias naturista, cirugÃa estética ni podologÃa. En cirugÃa refractiva sólo estarán
cubiertas la primera consulta y la intervención.
No se contemplan tampoco consultas a especialistas privados, siempre y cuando dicha especialidad estén cubierta por la Seguridad Social.
Las solicitudes se enviarán acompañando original o fotocopia del informe médico del tratamiento recibido y justificación adecuada de los motivos por los cuales se acudirá a la medicina privada.
Si la causa fue la lista de espera del Sistema Nacional de Salud, deberá acompañarse documento que lo acredite. Si no, quedará automáticamente excluida de la subvención.
Apartado B: Prótesis
Cristales correctores y lentes de contacto: Sólo se pueden pedir 2 juegos de cristales o lentes por persona y año.
Tratamientos bucodentales y ortodoncias: No será necesario acompañar informe médico en las ortodoncias.
Prótesis ortopédicas: Se acompañarán de prescripción médica y certificación de que no están cubiertas por la Seguridad Social.
En los gastos de los apartados A y B, se enviarán los originales o duplicados de las facturas extendidas reglamentariamente con fecha, número de factura, firma y datos del facultativo, sin tachaduras ni enmiendas, nunca fotocopias.
Apartado C: Discapacidades
Discapacidades tanto fÃsicas como psÃquicas, iguales o superiores al 33%. Deberá acreditarse el grado de discapacidad mediante fotocopia del certificado actualizado correspondiente con calificación oficial. No se atenderán gastos derivados expresamente de la propia discapacidad.