Es voluntad de las partes sustituir este sistema de prestaciones complementarias regulado en el Convenio Colectivo de Banca y para el citado personal, por un nuevo sistema de previsión social, de aportación definida para la contingencia de jubilación y de prestación mínima garantizada para el caso de fallecimiento o invalidez del trabajador, que se instrumentará a través de un plan de pensiones del sistema de empleo y de las correspondientes pólizas de Seguros.
Ver Acuerdo en pdf
Ver Acuerdo en pdf
Anexo I Relación Individualizada de cuantías.
Anexo II Determinación de cuantías.
Anexo III Conceptos Pensionables.
AnexoIV Determinación de cuantías CVP.
Anexo V Determinación de Capitales Adicionales.
Anexo VI Criterios utilizados para el cálculo del PE.
Anexo III Conceptos Pensionables.
AnexoIV Determinación de cuantías CVP.
Anexo V Determinación de Capitales Adicionales.
Anexo VI Criterios utilizados para el cálculo del PE.