Para CAJA POSTAL resolvemos la fecha de jubilación.
Se recoge en las Especificaciones que podrán disponer de la prestación por jubilación del Plan los compañeros de este colectivo que se jubilen anticipadamente por el Estatuto de la Función Pública, aunque no tengan la antigüedad en la empresa exigida en el convenio de Banca.
También se han recogido otras importantes cuestiones:
INVALIDEZ. Se perfecciona la regulación para los casos de revisión de grado de invalidez, con efecto retroactivo para los casos en que el efecto sea positivo para el interesado, así como la forma de retorno a la empresa en caso de Alta. Durante los dos primeros años se dispondrá en Renta. En nuestro Portal sindical encontraréis el texto completo.
MOVILIZACIÓN de derechos para los que pierden la relación laboral. Se incluyen garantías a través de la Comisión de Control.
APORTACIÓN EXTRAORDINARIA DE 150.000 para gastos del Plan: El banco aportará esta cantidad para cubrir gastos de 2003. Esto significa en la práctica una mejora en el valor de participación y en la rentabilidad del fondo para todos los colectivos.
En resumen, un buen Acuerdo, conseguido con profesionalidad y dedicación, que nos hace avanzar a todos en nuestros derechos.
Seguimos trabajando, seguimos informando.
Septiembre 2004