La modalidad de Jubilación anticipada, la voluntaria (2 años antes de la edad legal de Jubilación) y la involuntaria para procesos de reestructuración de empresas, fue una contrapartida, negociada por CCOO con el anterior Gobierno, para aceptar la prolongación de la jubilación hasta los 67 años.
Ahora el Gobierno actual con su Decreto Ley, saltándose el Pacto de Toledodonde desde hace más de 15 años se consensuabanlas modificaciones, dificultan su acceso y rebajanlas percepciones previstas.
En la voluntaria se incrementa, por un lado el periodo de cotización mínimo, y por otro,aumentan los coeficientes reductores y disminuye la pensión máxima a percibir. Una vez calculada la pensión, después de aplicar los coeficientes reductores por trimestre o fracción de trimestre (según tabla que os adjuntamos), ésta no podrá ser superior a la resultante de reducir el máximo de pensión (2013 = 35.673,68 ) en un 0,5% por cada trimestre o fracción de trimestre de anticipación.
Estas Reformas de la Jubilación tienen un calendario de aplicación, desde el año 2013 hasta el 2027, en la que se incrementa progresivamente la cotización mínima para acceder a la jubilación a los 65 años, la edad legal de jubilación y el periodo de cálculo, que va pasando de 16 a 25 años.
CCOO, tu sindicato útil y eficaz. Abril 2013