El Tribunal Supremo no ha admitido el recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por Banco Sabadell por el fallo de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual falló a favor de un antiguo compañero de Banco Atlántico por la demanda interpuesta por los servicios jurídicos de COMFIA-CCOO y revoca la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social no. 1 de Madrid.
Dicha demanda se produjo por la negativa de Banco Sabadell a traspasarle los derechos reconocidos a los empleados posteriores al año 1980 por el Pacto de Previsión Social de Banco Atlántico, en el cual se reconocía el compromiso de abono en el supuesto de baja, y que en su día no fueron abonados por dicha entidad y que Banco Sabadell tenía el compromiso de efectuarla.
Nos congratulamos que la sentencia haya dado la razón al demandante y los planteamientos que venimos defendiendo COMFIA-CCOO.