Plan de Pensiones de los Empleados de Banco Sabadell
Aclaración de la noticia aparecida en el diario Expansión del día cinco de noviembre de 2009.
Dicha noticia se referiere a una reciente sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, dictada en Unificación de Doctrina, por la que se declara la imposibilidad de rescatar o movilizar la dotación hecha en fondo interno en caso de que el trabajador cese en la empresa por causas distintas a las contingencias previstas de jubilación, incapacidad permanente o fallecimiento, desde COMFIA-CC.OO. queremos hacer la siguiente puntualización:
Que la empresa objeto de la sentencia, BANCO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, S.A., no ha exteriorizado sus compromisos por pensiones, siendo el fallo referido a sus Fondos Internos. Por tanto dicha sentencia nada tiene que ver con aquellas otras empresas que sí exteriorizaron dichos compromisos a través de un Plan de Pensiones del Sistema de Empleo, como es el caso del Banco Sabadell (a pesar de la información errónea del citado diario que cita a fuentes del banco para sostener su error).
Así, pues, esta sentencia no afecta en absoluto al rescate o movilización que pueden realizar los empleados de nuestra empresa si causan baja en ella.