Plan de Pensiones de los empleados de grupo Banco Sabadell

El banco toma la decisión de asegurar el plan de los colectivos A y A1


1-08-2012 Los sindicatos estábamos obligados por responsabilidad a llegar a un acuerdo que mejorara la situación creada por la decisión del banco. Este acuerdo entrará en vigor el 1 de septiembre. Los aspectos más positivos son que se ha fijado como cantidad mínima a movilizar la reconocida a 31-12-2011, con la revalorización del 1%, y dar la posibilidad de optar por una renta vitalicia, inexistente hasta ahora para los colectivos A y A1, si causan baja antes de la jubilación. También es importante la reducción de las comisiones del Fondo GM ya que estamos hablando de más de 90.000 euros anuales que a partir de ahora revertirán en los partícipes de Aportación Definida (Colectivos B y C).


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ASEGURAMIENTO DEL PLAN DE PENSIONES

Colectivos A y A1


Dadas las condiciones del mercado asegurador con altos tipos de interés, el Banco nos informó de su decisión de asegurar el plan de pensiones de los Colectivos A y A1, opción que le permite el reglamento del plan en sus artículos 5 y 14.

Dicho aseguramiento afectaría de forma negativa a las futuras bajas de empleados antes de llegar a la jubilación, debido a dos cuestiones muy importantes que recoge el reglamento del plan en su art. 16:

-    La obligación de movilizar los derechos consolidados a otro plan en caso de ser baja de la empresa.

-    Y que si está asegurado el plan, el partícipe movilizará la valoración de la provisión que realice la compañía aseguradora.

Este segundo punto habría supuesto una rebaja importante en las movilizaciones futuras, debido a que el aseguramiento se realizará con un tipo superior al 6%, mientras que el plan trabaja con un 4%, por tanto, con menos capital se llega a obtener las mismas provisiones, por ejemplo, todos sabemos que para llegar a conseguir 100.000 euros con rendimientos del 4% en 10 años, el capital inicial sería de 67.500 euros pero con rendimientos del 6% con 55.800 es suficiente.

Esta repercusión negativa en las movilizaciones de los empleados de los Colectivos A y A1, que hubieran sido muy inferiores a las que se han venido produciendo hasta la fecha, nos ha llevado a un pacto con la empresa en el que se recogen diversos aspectos que mejoran la situación a la que se abocaba a estos Colectivos con dicho aseguramiento, de los que cabe resaltar los siguientes:

a)  En el momento de la baja y en el plazo de un mes, se podrá optar por seguir movilizando como hasta ahora, o bien quedarse en el plan para obtener una renta vitalicia a los 65 años, cuestión esta para la que se creó el plan y que hemos venido reclamando.

b)  En caso de optar por la movilización, se garantiza una cantidad mínima igual al importe comunicado a 31-12-2011 con incrementos del 1% anual a partir de 2013, en caso de que la valoración de la aseguradora sea mayor que esta cantidad, se movilizará esta última.

c)  En caso de optar por la renta,  será la informada a fecha de 31 de diciembre último, calculada con el método actuarial “edad de entrada”, método que genera mayor renta que otros métodos. En caso de ser baja, dicha renta informada se verá incrementada en el 15% de la diferencia positiva entre dicha renta y la comprada en la póliza.

d)  En caso de ser baja de la empresa antes de llegar a la jubilacióny optar por la renta, se recogen tres situaciones que pueden darse en ese período de tiempo:

o    El fallecimiento antes de la jubilación generará el derecho a la pensión de viudedad que recoge el Convenio de Banca

o    En caso de desempleo de larga duración se podrá rescatar total o parcialmente las provisiones.

o    En caso de enfermedad grave se podrá rescatar hasta el 70% de sus provisiones.

e)  Tres meses antes de cumplir los 65 se tendrá la opción de rescatar sus provisiones en lugar de cobrar la renta vitalicia.

f)    En el primer trimestre de cada año se informará de la renta devengada y de la cantidad mínima que se podrá optar por movilizar, descrita en el punto b). Excepcionalmente y debido a este aseguramiento, en el mes de octubre se informará de la renta devengada.

g)  Por último, se han rebajado las comisiones del Fondo GM a un 0,2%.

Debido al derecho que el banco puede ejercer para asegurar cualquier prestación que tenga el plan de pensiones, y que dicho aseguramiento con la obligación de movilizar en el momento de ser baja en la empresa por prejubilación o despido, hubiera llevado a la mengua importante de la cantidad movilizada respecto a lo que se ha venido movilizando hasta la fecha, los sindicatos estábamos obligados por responsabilidad a llegar a un acuerdo que mejorara la situación creada por la decisión del banco.

Este Acuerdo, que entrará en vigor el 1 de septiembre, tiene unos aspectos muy positivos, siendo los más importantes el fijar como cantidad mínima a movilizar la reconocida a 31-12-2011, con la revalorización del 1%, y dar la posibilidad de optar por una renta vitalicia, inexistente hasta ahora para los colectivos A y A1, al causar baja en la entidad, ya que estaban obligados a movilizar sus derechos consolidados. También es importante la reducción de las comisiones del Fondo GM ya que estamos hablando de más de 90000 euros anuales que a partir de ahora revertirán en los partícipes de Aportación Definida (Colectivos B y C).

Somos conscientes de que se trata de un tema complejo y por ello quedamos a vuestra disposición para todas las aclaraciones que estiméis necesarias.

Julio de 2012