Noticias sobre formación
Compensación por formación
El Acuerdo de formación vigente y que el Banco recoge en su normativa interna (manual de recursos humanos, 7213) es claro, no da lugar a interpretaciones y es de aplicación en todas las acciones formativas internas, sin excepción, incluyendo las obligatorias. Dice textualmente:
El Banco adquiere el compromiso de que la formación se lleve a cabo dentro de la jornada laboral legalmente establecida. En el caso en que se realice fuera de la jornada laboral, será voluntaria por parte del empleado y se compensará cada hora de formación con una hora de licencia retribuida. Ésta se ha de solicitar a través del área empleado de proteo, Ayudas entre oficinas y otras licencias, Tipo de solicitud = Licencia, Concepto = Licencia por formación.
El Banco costeará el hospedaje y manutención en caso que la formación sea de carácter presencial e implique extensión de jornada laboral. Los gastos de desplazamiento para la asistencia a los cursos de formación serán en todo caso a cargo del Banco.
Formación Online
Después de unos meses con problemas para realizar los cursos online a través del BS Campus, a causa del navegador que disponía el empleado en su ordenador personal, finalmente se ha solucionado con la conexión a través de Citrix (bsextranet). Por lo que a partir de ahora puedes realizar la formación online desde fuera del banco independientemente del navegador que utilices.
Permiso individual de formación (PIF)
Es complicado conciliar estudios y trabajo, por eso te proponemos que utilices los permisos individuales de formación. Dispondrás de hasta 200 horas laborales remuneradas por año académico para asistir a clase y estudiar -siempre que realices una formación que esté reconocida mediante una acreditación oficial-, con el fin de favorecer tu desarrollo profesional y personal, sin coste para el banco.
Si tienes alguna duda sobre estos temas puedes contactar con tu delegado de Comfia-CCOO o enviarnos un correo electrónico.