Según los pactos de homologación firmados para estas dos entidades, el personal que se subrogó de nivel I a VIII han cobrado el primer trienio de antigüedad de banca a los dos años de la integración (el resto de niveles lo harán en el tercer año). Hasta aquí correcto.
Pero en banca el trienio no sólo hace referencia a la antigüedad. Los niveles técnicos VIII y VII, y los comprendidos entre el nivel I a VI que sean apoderados, reciben un trienio por este concepto detallado en el artículo 16 CCB.
Y es este trienio de técnico el que el banco no ha abonado en nómina. CCOO, como otros sindicatos, entendemos que el banco se ha equivocado.
Por eso CCOO nos hemos adherido no sólo al conflicto colectivo que ALTA y CGT han presentado por este tema para la plantilla proveniente de BancoCAM, sino que lo hacemos extensivo a la plantilla de BMN.
Os iremos informando del desarrollo de la demanda.