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Revisión Salarial 2013

Convenio OODD

El pasado 5 de Agosto se publicó, en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, el "Conveni col.lectiu de treball del sector d'Oficines i Despatxos de Catalunya", firmado el 27 de Junio de 2013, tras casi un año y medio de negociaciones, por COMFIA-CCOO y Fes-UGT por la parte social y por Foment de Treball Nacional y PIMEC por la parte empresarial.


Este artículo se publicó originalmente en DB-OSI (CCOO DB OSI) ,


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Con la firma y entrada en vigor de este Convenio colectivo se consigue garantizar las condiciones de trabajo para más de 120.000 trabajadoras y trabajadores de miles de empresas y entidades de Catalunya. En su día, COMFIA-CC.OO. ya valoramos positivamente la firma de este nuevo Convenio, porque supone profundizar en una mayor dignificación y reconocimiento de los derechos básicos del trabajo y, en la medida de lo posible, hace frente a la actual, generalizada e inadmisible tendencia de rebajar condiciones laborales y recortar derechos conseguidos tras muchos años de lucha y sacrificio.

El Convenio tiene una vigencia de tres años (2012, 2013 y 2014). Las Tablas salariales para esos años se calculan según lo establecido en el artículo 21 del mismo. Se parte de los importes recogidos en las Tablas salariales vigentes para el año 2011 (último año de vigencia del Convenio anterior). Para el año 2012 esos importes se incrementan un 0,7%, con efectos desde el 1 de Enero de 2012.

Para el año actual, 2013, las Tablas salariales de 2012 se incrementan un 0,6%, con efectos desde el 1 de Enero de 2013. En el tablón de anuncios hemos publicado las Tablas salariales vigentes en 2013, para todos los Grupos y Niveles profesionales.

Tanto la revisión salarial de 2014 como las cláusulas de actualización salarial para 2013 y 2014 están recogidas en los apartados 21.2 y 21.3. del citado artículo 21. El método de cálculo es complejo, ya que habrá que manejar variables como el PIB, el IPC armonizado de la zona Euro, el IPC general español e, incluso, el precio medio internacional del barril de petróleo. Corresponderá a la Comisión paritaria establecer los incrementos salariales y las actualizaciones, en base a esos complicados cálculos.

En DB OSI la entrada en vigor de nuevas tablas salariales tiene, también, su complejidad, porque afecta no sólo al salario base en nómina, sino también a diversos pluses y complementos. Todo ha de actualizarse, abonándose los correspondientes atrasos. Como sabéis, dicha complejidad ha supuesto que en las nóminas de Agosto la revisión y regularización no se haya producido. El problema se ha solucionado, parcialmente, con el abono en cuenta de los pluses y complementos debidos. Según nos han asegurado, en la nómina de Septiembre se realizará la regularización salarial definitiva, incluyendo también el apunte contable realizado a finales de Agosto, con las retenciones correspondientes.

En DB OSI, cuando se produce una revisión o un incremento salarial por aplicación del Convenio colectivo, COMFIA ? CC.OO. siempre solicitamos que dicho incremento no suponga la absorción, en idéntica cuantía, de la Mejora Voluntaria del personal que la tuviera. Esta vez no ha sido la excepción y antes de que se abonara la nómina de Agosto pedimos a la Dirección que la absorción no se produjera. Esperamos que esta vez nuestra petición sea atendida y así se refleje en la nómina de Septiembre. Tal vez el hecho de que DB OSI cumpla 10 años contribuya a ello.

El próximo número de la edición española de la revista ?Forum?, dedicará un espacio a DB OSI y a sus diez años de existencia. Nos parece correcto, pero no suficiente. Por ello desde COMFIA-CC.OO. hemos sugerido más formas de celebrar este aniversario reconociendo, al mismo tiempo, la profesionalidad y el buen hacer del personal de DB OSI, en especial del que tiene las condiciones laborales más desfavorables. Además de la ya mencionada solicitud de no absorción de los incrementos salariales, y dado que el personal al que se aplica el Convenio de Oficinas y Despachos no disfruta de complementos por razones de antigüedad, pensamos que sería justo que dicho personal recibiera una gratificación especial y extraordinaria, de la cuantía que se acordara, abonada en nómina.

Finalmente, y aunque parezca un asunto de menor importancia, creemos que sería bien recibida la sustitución de los taburetes del espacio destinado a comedor, por otros que fueran ergonómicos, así como la instalación de colgadores en esa misma sala, a fin de tener más despejada la zona dedicada a comer.

Todo ello lo hemos trasladado a la Dirección. Esperamos que alguna de nuestras peticiones y sugerencias sea tenida en cuenta.

Adjuntamos el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya con el texto del Convenio, que en breve también se podrá consultar en nuestra web.

Ver DOGC.

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