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CCOO Burger King: Festivos y exceso de jornada

Tras la reunión mantenida el 1 de diciembre de 2022 con la empresa, como continuación de la convocatoria extraordinaria del comité intercentros del pasado 28 de noviembre, convocada por CCOO hemos conseguido acordar lo siguiente:


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Exceso de jornada de 2022:

  • Conseguimos que la empresa reconozca que para el exceso de jornada se debe tener en cuenta el tiempo de baja y los días por permisos retribuidos.
  • Compensar hasta el 31 de diciembre el máximo de días posibles, dependiendo de la organización de cada centro.
  • Los excesos de jornada pendientes a 31 de diciembre, se compensarán de dos modos:
    • Los excesos generados hasta 5 días, se compensarán con descanso, uniéndolo a los días de descanso semanal.
    • Los excesos generados de 5 o más días, se disfrutarán 5 días en tiempo de descanso junto a los días de descanso semanal. El resto, compensarán económicamente antes del cobro de la nómina de febrero 2023.
       

Compensación de festivos 2023:

  • A partir del 2023 los festivos se compensarán con tiempo de descanso. Si trabajas de manera efectiva los 14 festivos del año, se compensarán 20 días de descanso acumulando los descansos semanales.
  • De este modo se disfrutarán 2 semanas juntando 5 festivos + 2 libres festivos y la tercera semana sumará 4 festivos + 2 libres festivos + 1 día de vacaciones.
  • Hay que tener en cuenta que si el festivo cae en tu día libre o durante las vacaciones, se considera día de trabajo efectivo y por lo tanto no se pierde. La única manera de perder días festivos es si estás de baja, o te ausentas durante el mismo.
  • La programación será de mutuo acuerdo entre la empresa y la persona trabajadora. La planificación será:
    • 1ª semana se programará a partir de mayo.
    • 2ª semana se programará a partir de agosto.
    • 3ª semana se programará a partir de septiembre (adelantándose a los festivos).
  • Se posibilita, la opción de disfrutar de todos los festivos, junto a las vacaciones, previo acuerdo con el responsable territorial.
  • Los festivos disfrutados no siendo generados se descontarán de la última nómina del año o del finiquito en caso de finalizar la actividad en la empresa.


Todo esto no quita para que en la negociación del convenio de grupo de empresas de RBI, que esperamos retomar en breve, vamos a hacer lo posible por conseguir mejoras en el pago, manteniendo el descanso retribuido.

Queda pendiente de firma.

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