Archivado en Preguntas frecuentes, Jornada, Salario
Vacaciones ¿disfrutadas o pagadas?
Preguntas más Frecuentes FAQ
¿Pueden pagarse las vacaciones en vez de disfrutarlas?
Como regla general no, no se pueden pagar las vacaciones en vez de disfrutarlas.
Las únicas excepciones en las cuales te pueden pagar las vacaciones son
- si el contrato se extingue antes de poder disfrutarlas. En este caso se pagan los días de vacaciones que se han ido generando, y que no se han disfrutado. Ejemplo:
María empieza a trabajar el 1 de enero y es despedida el 30 de junio, por lo que ha trabajado 6 meses en la empresa, por lo que tiene derecho a la mitad de las vacaciones, por haber trabajado la mitad del año. En este caso en el finiquito le deberán pagar los 15 días que ha generado de vacaciones. - los contratos por ETT de duración inferior a un año. En estos contratos al finalizar la relación laboral se suelen pagar las vacaciones si no se han disfrutado
Artículos más leídos hoy
Calendario Laboral 2025. Publicado en el BOE
Alcanzado Preacuerdo para la firma del del XIX Convenio TIC
Modelo de carta de Baja Voluntaria en la empresa
Un modelo turístico más sostenible y que garantice derechos, es imprescindible
Convenio Colectivo Estatal de Acción e Intervención Social
Se publica en el BOE el XVIII Convenio de Consultoría y comienza, con ello, a ser de aplicación