Archivado en Convenios Colectivos, Negociacion Colectiva

Firmado el nuevo texto del convenio de Comercio de Óptica de Badajoz
La Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Trabajo del sector comercio de ópticas de la provincia de Badajoz.
ACUERDOS ALCANZADOS
Vigencia: 2023-2024-2025
Salarios. Se acuerda un incremento salarial, para cada uno de los años de vigencia del convenio de un 3%, con carácter retroactivo desde 1 de enero de cada año. 2023-2024-2025
Conceptos económicos, se aumentan en un 3%, los conceptos de dieta y kilometraje, seguro de invalidez y el plus de trabajo en festivo.
Las empresas tendrán que abonar los atrasos correspondientes, una vez publicado el texto en el Diario Oficial de Extremadura (DOE), desde el 1 de enero de 2023.
Licencias. Se acuerda modificar redacción del apartado c). Pasando de 4 días a 5 días laborales en caso de hospitalización o intervención quirúrgica, enfermedad grave diagnosticada por el facultativo o muerte de parientes hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad. Este permiso se amplía en un día más en caso de enfermedad grave con hospitalización de los padres, hijos o cónyuges. Este permiso se podrá disfrutar de forma discontinua preavisando a la empresa al menos con 48 horas. En situaciones excepcionales, puede ampliarse esta licencia sin retribución, mediante acuerdo entre trabajadores y la empresa.
Ferias y fiestas de la localidad, Durante la celebración de las ferias y fiestas de cada localidad, queda establecida el disfrute de la tarde a disfrutar la de la jornada laboral inmediatamente anterior a la fiesta local. Anulando en este caso, la tarde posterior, en caso de caer en domingo el festivo local, para mejor disfrute de las personas trabajadoras
Incapacidad Temporal, se da nueva redacción al artículo
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