- Tanto para 2017 como para 2018, 1.5% general; 1.9% para los niveles 3 de los grupos 5/6/7; se reflejará en las tablas de cada año.
- Efectos retroactivos des de el 1 de enero de 2017.
- Se revisarán en función de lo que determine el AENC; en el caso de que no haya en el AENC acuerdo para la revisión de 2018 se aplicará el mismo criterio que se pacte en el AENC para 2017.
Plus idiomas (se informó en el anterior comunicado de estos pluses):
- Por el uso de uno o más idiomas extranjeros, siempre que no sea inherente al puesto de trabajo (por ejemplo, traductor/a- intérprete).
- 5% sobre el salario base - devenga mensualmente.
Plus disponibilidad:
- Por estar disponible fuera de la jornada -móvil, busca, etc.. En el caso de que la empresa contactase ya se trataría de horas extraordinarias.
- 2 tablas: precio por hora normal y precio por horas nocturnas, 25 de diciembre y 1 de enero.
Ambos pluses se actualizarán en la misma proporción que el salario base.
Se podrán compensar y absorber sólo si existe un complemento equivalente, y siempre que el total percibido no sea inferior después de aplicarlos.
Durante la asamblea se han debatido y aclarado las dudas planteadas, y se ha remarcado la necesidad de coordinar con la agrupación les situaciones que puedan surgir a la hora de aplicar estos nuevos pluses.
El próximo día 24 de julio procederemos a la firma del nuevo convenio, aunque que no será efectivo hasta que no se publique en el DOGC.