El pasado viernes 21 de julio de 2023, en acto de Mediación en la Sede de la Dirección General de Relaciones Laborales, Trabajo Autónomo, Seguridad y Salud laboral del Departamento de Empresa y Trabajo de la Generalidad de Cataluña, se ha alcanzado un acuerdo aplicable al ámbito temporal 2022 a 2024.
Las novedades destacables son las siguientes:
1. Incrementos salariales:
- Para el año 2022, un 4%. (con efectos retroactivos a 1 de Enero de 2022)
- Para el año 2023, un 4%. (sobre tablas 2022 y con efectos 1 de enero 2023)
- Para el año 2024, un 3%. (sobre tablas 2023 y con efectos 1 de enero 2024)
2. Cláusula de revisión salarial según lo establecido en el V Acuerdo por el Empleo y la Negociación Colectiva (AENC) que se detalla a continuación:
- Finalizado en 2023, si el IPC de 2023 fuese superior al 4%, se aplicará un incremento adicional máximo del 1% con efecto del 1 de enero de 2024.
- Finalizado el año 2024, si el IPC de 2024 fuese superior al 3%, se aplicará un incremento adicional máximo del 1% con efecto del 1 de enero de 2025.
3. POR PRIMERA VEZ EN ESTE CONVENIO se acuerda limitar el mecanismo de compensación y absorción, que permitía de hecho no incrementar el salario a aquellas personas trabajadoras con complementos salariales por encima de las tablas fijadas en el convenio.
De esta forma se garantiza al menos un 50% del incremento acordado en aquellos casos en que los salarios no lleguen, en cómputo global, a los 28.145,02€ para el año 2022, 29.270,82€ para el año 2023 y 30.148,95€ para el año.
4. POR PRIMERA VEZ EN ESTE CONVENIO se logra fijar cantidad mínima por gastos de teletrabajo o trabajo a distancia. Las empresas, a partir de la publicación del convenio, tendrán que pagar un mínimo de 1,5€ por cada día de teletrabajo. Esta cantidad se revalorizará cada año en el mismo porcentaje que el salario base.
5. Reducción de jornada anual de trabajo: a partir del 1 de enero de 2023 la jornada máxima anual se reduce en 4 horas y pasa de 1.764 horas a 1.760 horas, siguiendo la pauta de reducción del convenio anterior en que la jornada se redujo de 1.772 a 1.764 horas anuales de trabajo.
6. Otros aspectos de mejora acordados:
- Regulamos y mejoramos el marco aplicable a las excedencias
- El marco de prevención de riesgos para el trabajo continuado con pantallas de visualización de datos (PVD).
- Los contratos formativos.
- Ordenación de la subcontratación en base a la última reforma laboral.
- Posibilidad de poder realizar contratos fijos discontinuos a tiempo parcial limitado a la vigencia del convenio (más período de ultraactividad).
La valoración que hacemos desde la Federació de Serveis de CCOO de Catalunya es muy positiva, ya que ponemos fin a una larga y complicada negociación iniciada hace 19 meses y que ha vivido distintas movilizaciones por la parte sindical.
En definitiva, conseguimos un convenio de avance en materia salarial y en otros aspectos sociales, evitando un segundo año sin convenio que pudiera suponer un total estancamiento del conflicto. A partir de ahora, las partes nos comprometemos a redactar el convenio a la máxima brevedad posible y proceder a su firma, para que los beneficios acordados, lo que incluye los atrasos salariales acumulados estos meses, lleguen a las más de 180.000 personas para las que este convenio regula sus condiciones mínimas de trabajo.
¡Lo hemos conseguido!
¡Seguiremos informando!