"El trabajador debe ser conocedor de su horario de referencia y de sus características, en relación con la función que realiza.
El tiempo que media entre el inicio de la jornada y su finalización, no tiene en si mismo la consideración de "tiempo de trabajo efectivo" ya que deben excluirse las pausas no obligatorias. (Apartado B.1. Guía del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social).
"Es recomendable que el modelo de registro aplicable contenga parámetros medibles que otorguen valor diario, en su caso, a esas otras pausas. A estos fines, de nuevo, la autorregulación convencional, mediante negociación colectiva o el acuerdo de empresa, se muestra como el modelo idóneo" (Apartado B.1. Guía del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social).
"La exigencia de puesta a disposición debe interpretarse en el sentido de que sea posible acceder al Registro en cualquier momento que se solicite por los trabajadores, sus representantes o la Inspección de Trabajo, garantizando el empresario su cumplimiento, que será coherente con el sistema de trabajo empleado". La permanencia a disposición no implica la obligación de entrega de copias. (Apartado B.4.C.1. Guía del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social).
Es válido cualquier medio de conservación siempre que se garantice su preservación y la fiabilidad o invariabilidad a posteriori de su contenido, ya se trate de un soporte físico o cualquier otro que asegure idénticas garantías”. (Apartado B.4.C.2. Guía del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social)."
Nada que ver con un modelo que asegure un registro de la jornada fiable y transparente. CCOO, por nuestra parte, sí que hemos hecho propuestas concretas.
PROPUESTAS DE CCOO PARA EL REGISTRO DE LA JORNADA
CCOO hemos hecho propuestas más concretas, y hemos planteado un sistema de registro que:
- Garantice la fiabilidad de los datos y la imposibilidad de que puedan ser manipulados.
- Sea accesible por la persona trabajadora, diariamente y en tiempo real.
- Incluya el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de trabajo.
- Permita el control y seguimiento, tanto de la jornada que se realiza en el centro de trabajo, como fuera del mismo.
- Ponga a disposición del trabajador o trabajadora un resumen mensual y anual con la jornada efectiva realizada, la jornada ordinaria y los excesos producidos sobre la misma, si los hubiere.
La próxima reunión se ha fijado para el 26 de junio, de la cual os informaremos puntualmente.