El ámbito de aplicación incluye a todos los trabajadores involucrados en trabajos de asistencia sanitaria (comprendidos los desarrollados en aislamiento, traslados, labores de limpieza, eliminación de residuos, etc.), así como los de transportes aéreo, marítimo y ferrocarril de larga distancia o internacional, los colectivos de rescate (bomberos, salvamento marítimo, policía, guardia civil, etc.), atención al público, hostelería, sector servicios, etc. Dado que el contacto con el virus puede afectar a entornos sanitarios y no sanitarios, corresponde a las empresas evaluar el riesgo de exposición y seguir las recomendaciones que sobre el particular emita el servicio de prevención, siguiendo las pautas y recomendaciones formuladas por las autoridades sanitarias.
Aquí puedes consultar todo lo realativo al tema:
- PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN PARA SERVICIOS PREVENCIÓN: https://www.mscbs.gob.es/…/Procedimiento_servicios_prevenci…
- PREGUNTAS Y RESPUESTAS SOBRE EL CORONAVIRUS:https://www.mscbs.gob.es/…/20200224.Preguntas_respuestas_CO…
- DOCUMENTOS TÉCNICOS PARA PROFESIONALES: https://www.mscbs.gob.es/…/alerta…/nCov-China/documentos.htm