El presente convenio colectivo entrará en vigor al día siguiente de la publicación en el BOLETÍN OFICIAL de Gi puz koa y será de aplicación, hasta el día 31 de diciembre de 2026.
La fecha de los efectos económicos que se deriven del presente convenio colectivo, será del 1 de marzo de 2023, correspondiendo su percibo únicamente a aquellas personas trabajadoras que se encuentren de alta en las empresas a la fecha de la publicación del mismo. Se excluye de su percibo expresamente a aquellos trabajadores y trabajadoras que hubieren causado baja en las mismas por cualquier causa con anterioridad a la publicación del presente convenio.
Este Convenio quedará automáticamente denunciado a la finalización de su vigencia obligándose las partes en el plazo de dos meses a constituir la mesa de negociación.
Se acuerda expresamente, a los efectos de lo dispuesto en el art. 86.3 ET, que una vez denunciado y concluida la duración pactada, se mantendrá la vigencia del convenio hasta la suscripción por ambas partes de otro que lo sustituya.
Ver texto:
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12/02/2024 BOG - Revisión salarial para 2024 del Convenio Colectivo de Empresas de Restauración de Gipuzkoa
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06/02/2024 BOG - Acuerdo derivado Convenio colectivo de Empresas de Restauración de Gipuzkoa
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19/01/2024 BOG - Acuerdo de modificación del Convenio colectivo de Empresas de Restauración de Gipuzkoa para los años 2023-2026
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19/06/2023 BOG - Convenio colectivo de Empresas de Restauración de Gipuzkoa para los años 2023-2026