Las condiciones del acuerdo son las siguientes:
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Prejubilaciones: podrán acogerse hasta un máximo de 233 personas nacidas entre el 1 de Enero de 1953 y el 31 de Diciembre de 1960. La compensación se percibirá en un pago único en relación al salario anual Neto conforme a:
Nacidos entre el 1 de enero de 1957 y el 31 de diciembre de 1960: 80% Salario Anual Neto.
Nacidos entre el 1 de enero de 1953 y el 31 de diciembre de 1956: 85% Salario Anual Neto
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Bajas indemnizadas: podrán acogerse a ella todos los trabajadores de Banco de Valencia, no susceptibles de prejubilación. La indemnización se calculará de la siguiente manera:
·Menores de 50 años: 30 días por año hasta un máximo de 24 mensualidades.
·Personas de 50 años o más: 30 días por año hasta un máximo de 36 mensualidades.
· Estas cantidades se incrementarán con un complemento que incentive la voluntariedad.
· La suma de estas cantidades no podrá ser superior a 250.000 euros brutos.
El plazo para acogerse a estas medidas está abierto hasta el 31 de Diciembre de 2013.
Comfia-CCOO valora positivamente este acuerdo que reduce las salidas planteadas en un principio por la empresa y contempla medidas no traumáticas de regulación de empleo que incentivan la voluntariedad, así como un plan de recolocación para las bajas indemnizadas.
Descargar Acuerdo final ERE Banco de Valencia (PDF 104 Kb)