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Expediente regulación de empleo: Medidas voluntarias (?) presentadas por Bureau Vertitas

En nuestra opinión, estas medidas son inaceptables por no compensar suficientemente a las personas afectadas, y que además no servirán para llegar al objetivo de cubrir el 100% de las plazas con carácter voluntario.


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En la reunión de ayer 17 de noviembre constituimos la mesa negociadora para el ERE presentado por BVE y que pretende afectar a 170 personas, principalmente de la BL de CTC.

La mesa queda constituida por 6 personas en representación de la empresa, 5 por parte de la sección sindical de CCOO y 4 de la de UGT. Además asisten 4 personas más en representación de los trabajadores y trabajadoras de las oficinas sin delegados de personal.
Se inicia la reunión con la exposición de motivos para la presentación del ERE por parte de los representantes de la empresa, que se basa en los puntos manifestados con anterioridad, según los cuales las únicas causas de la situación actual del departamento de CTC son la crisis mundial y la caída de la construcción de nueva vivienda, sin que, al parecer, las decisiones y actuaciones llevadas a cabo por la empresa hayan tenido nada que ver con lo que está ocurriendo.
Por nuestra parte mostramos nuestro desacuerdo con el número total de afectados, que a consideramos que debería ser sustancialmente menor, y con el hecho de considerar sólo las causas externas del problema. Asimismo, insistimos en que el número final que se acuerde para el ERE debe ser cubierto al 100% por las medidas de carácter voluntario, que por tanto deben ser lo suficientemente atractivas para poder alcanzar este objetivo.
La empresa realizó su oferta de medidas voluntarias en los términos que siguen:

  1. 1-Prejubilaciones
    • a.Medida dirigida a todas las personas de BVE mayores de 58 años.
    • b.La empresa estima que en este momento podrían acogerse hasta un máximo de 19 personas.
    • c.Se oferta el 55% del sueldo bruto (aproximadamente el 65% del neto).
    • d.La empresa se propone financiar el convenio especial hasta el 100% y hasta los 61 años de edad.
  2. 2-Transfers a otras líneas.
    • a.Medida dirigida sólo a CTC.
    • b.La empresa prevé 10 transfers que ya tienen candidatos asignados.
    • c.Las condiciones son mantener la antigüedad, el salario y no implicarían cambios de domicilio.
  3. 3-Reducción de jornada
    • a.Medida dirigida sólo a CTC.
    • b.La empresa estima que se podrían cubrir como máximo 70 plazas.
    • c.Se oferta 50% de jornada y sueldo de manera indefinida.
    • d.La empresa manifiesta que, aunque la lógica productiva hace pensar que si en algún momento es viable ampliar de nuevo las jornadas, no pretende ponerlo por escrito.

  4. 4-Bajas incentivadas
  • a.La empresa se reserva el derecho de veto para acogerse a esta medida a quienes considere oportuno.
  • b.Medida dirigida sólo a CTC.
  • c.No se establece tope de plazas para esta medida.
  • d.Se establece una indemnización de 45 días por año, partiendo de un mínimo de 5.000 € y estableciendo un tope máximo de 35.000 €.
  • e.Además, en caso de no llegar al tope máximo, establece un complemento de 500 € por quinquenio de antigüedad cumplido en BVE.
Por parte de la empresa se añade que, una vez cubiertas las posibles plazas voluntarias, las bajas forzosas tendrían una indemnización de 30 días por año con tope máximo y sin complemento por quinquenios.

Ante las condiciones presentadas en la oferta de medidas de carácter voluntario, dejamos constancia de que en nuestra opinión, estas medidas son inaceptables por no compensar suficientemente a las personas afectadas, y que además no servirán para llegar al objetivo de cubrir el 100% de las plazas con carácter voluntario.
Advertimos del riesgo de no conseguir alcanzar un acuerdo con las condiciones actualmente presentadas e instamos a la empresa a mejorar dichas condiciones con el objetivo de poder llegar un acuerdo con la representación sindical.

La sesión termina y queda convocada la segunda reunión de la mesa el día 20 de noviembre a las 11:00 horas. En esta sesión se plantearán contraofertas por parte de los representantes de las secciones sindicales a las medidas de carácter voluntario presentadas por la empresa.

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