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DÍA de LIBRE DISPOSICIÓN
comunicado
Ahora que hemos entrado ya en el último mes de este año, hay que recordar que el Convenio Colectivo vigente contempla un día de libre disposición, que se perderá irremisiblemente si no se disfruta dentro del año 2008.
Está contemplado en el Convenio Colectivo 2007-2010, en su ANEXO 2, en su punto 4º., que explica
Por lo tanto este es el primer año que podemos disfrutar de este día de propina, esperemos que no sea el último (recordemos que la validez de nuestro Convenio se está discutiendo en los tribunales).
Es lógico que se haya guardado por si se necesitaba algún día a causa de alguna inesperada circunstancia no especificada en ninguno de los permisos reglamentarios. Pero ahora que entramos en el último mes del 2008, es hora de utilizarlo.
No es necesario justificarlo y se puede juntar con los días de vacaciones que todavía no se hayan disfrutado. Para pedirlo se tiene que entrar en Intranet, ir a Inicio de circuitos, entrar en empleado, entrar luego en Petición de bajas y permisos, clicar la ventanilla para que se despliegue el menú, entrar en baja, introducir el motivo, y buscar día de libre disposición, que es diferente ventanilla que la de vacaciones; por lo tanto para pedir vacaciones y, además, pedir este día, se deberá solicitar en dos veces.
Que sea provechoso.
5 de diciembre de 2008 com. 51/08
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