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A veces hay que alzar la voz para que se te oiga
Comunicado / 8 Julio 2009 - Sogeti
A raíz de nuestro último comunicado, en el que denunciábamos las medidas cortoplacistas tomadas por la empresa y, en concreto, sobre las compensaciones por exceso de jornada en la que instábamos a la empresa a corregir con urgencia el problema, parece que la Dirección de Sogeti ha decidido poner algo de orden y concierto sobre este asunto. Y es que, a veces, parece que hay que alzar la voz para que te oigan.
La Dirección de Sogeti ha publicado en la Intranet el documento Explicación de las prácticas de SOGETI en materia de horario Cliente diferente que a nuestro juicio se ajusta bastante bien a la legalidad, aunque con ciertos matices:
- Aunque es cierta que las explicaciones prácticas del documento es aplicable a todos los centros desde Enero de 2009, no es menos cierto que es igualmente aplicable a los centros de Madrid, Bilbao y Valencia para las compensaciones del 2008 (a estas alturas todas son compensables a 1,75). Para el centro Barcelona se deberá respetar lo que dicta el correspondiente convenio que en ese momento regía (compensación a una hora por hora).
- La libre disposición para fijar los días de compensación, únicamente es aplicable si se dan en el plazo de 30 días naturales a contar desde el momento en que se realiza el exceso de jornada.
- A pesar que la consideración como días de compensación anticipados de los días no trabajados en el cliente (y no disfrutados como vacaciones) no queda claro que sea una transposición de ninguna normativa legal vigente, tenemos que decir que nos parece en cierta manera justo siempre que quede claro que esto sólo aplica si el exceso de jornada que se supone que compensa es en un plazo máximo de 30 días naturales.
- Desde CCOO siempre defendemos la prioridad de la compensación en tiempo de descanso frente al pago de horas extraordinarias. No obstante, si accedéis a pactar individualmente el cobro de estas horas, nunca lo hagáis por un precio inferior a 1,75 horas por cada hora realizada de más. De lo contrario estaríais depreciando el valor de vuestra fuerza de trabajo y, de paso, la de vuestros compañeros y compañeras.
A pesar de alegrarnos por este cambio de política, tenemos que resaltar negativamente, que una vez más la empresa ha decidido colgar este documento en la Intranet sin comunicárselo ni a los trabajadores ni a sus representantes legales. Un correo electrónico a todos los trabajadores nos habría parecido más apropiado para un tema tan importante como es el de las compensaciones por exceso de jornada.
No obstante, queremos creer que, por fin, la empresa ha entendido que no puede buscar las medidas de ahorro de coste siempre a cargo de las condiciones laborales. Estamos seguros de que más pronto que tarde, comprobará, que cuando a los trabajadores se nos respetan nuestros derechos y no se nos trata como meros recursos o números en un papel, sabemos dar lo mejor de nosotros y remar todos en la misma dirección.
Animamos a la empresa a seguir por esta senda, solventando los temas que planteamos en nuestro anterior comunicado o cualquier otro que pueda surgir, con el diálogo y cordura necesarios, y sin el deterioro de las condiciones laborales de todos.
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