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CCOO Asepeyo
La Seguridad Social adopta medidas cautelares en la Mutua de Accidentes de Canarias
Se garantiza el servicio a las empresas asociadas y a sus trabajadores y los derechos de los trabajadores de la mutua.
Granado destacó la eficacia de los controles de la Administración de la Seguridad Social para detectar posibles irregularidades. 15 septiembre 2009. La Secretaría de Estado de Seguridad Social ha suspendido de sus funciones al director gerente y a la subdirectora de la Mutua de Accidentes de Canarias, como medida cautelar para subsanar las irregularidades detectadas por la Intervención General de la Seguridad Social y con independencia de las actuaciones que se puedan llevar a cabo por los tribunales de Justicia y el Tribunal de Cuentas. La resolución dictada en esta fecha por la Secretaría de Estado de la Seguridad Social contempla la suspensión de funciones del director gerente y de la subdirectora de la Mutua de Accidentes de Canarias, la petición a la Junta Directiva del nombramiento de un sustituto en el plazo de 15 días y la presentación de un plan de actuación para subsanar las irregularidad detectadas, en el plazo de 45 días. El procedimiento administrativo coincide con las actuaciones del Juzgado de Instrucción de Tenerife, consecuencia a su vez del informe realizado por la Intervención General de la Seguridad Social, que, a finales de 2008, durante el procedimiento de auditoría sobre las cuentas anuales, había detectado la existencia de posibles irregularidades penales, que fueron puestas en conocimiento de la Fiscalía Anticorrupción, así como de posibles irregularidades contables, que fueron trasladadas al Tribunal de Cuentas, y la posibilidad de irregularidad administrativas, que han sido evaluadas por la Secretaría de Estado de Seguridad Social. La Secretaría de Estado de Seguridad Social ha adoptado las medidas cautelares previstas en el artículo 74.2 del texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, en relación con lo establecido en el artículo 84 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El secretario de Estado de Seguridad Social, Octavio Granado, al informar sobre las actuaciones administrativas adoptadas, envió un mensaje de tranquilidad a los trabajadores de la mutua, a quienes se asegura la continuidad de su actividad en tanto se aclaran las responsabilidades sobre las irregularidades detectadas, y subrayó que la Seguridad Social garantiza a las empresas asociadas a la Mutua de Accidentes de Canarias y a sus trabajadores la continuación de la prestación de los servicios que éstos reciben de la entidad en su calidad de colaboradora de la Seguridad Social. Granado destacó el hecho de que hayan sido los órganos competentes de la Administración de la Seguridad Social quienes hayan detectado las posibles irregularidades y quienes hayan adoptado las medidas administrativas que les competen, lo que viene a demostrar el buen funcionamiento de los mecanismos de control que garantizan el adecuado funcionamiento de las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales como entidades colaboradoras de la Seguridad Social. SEGURIDAD SOCIAL. Ministerio de Trabajo e Inmigración.