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Revisión semestral de tipos de interés
A partir del 1 de enero y para todo el primer semestre de 2010, se modifica al 0,93% el tipo de interés de los préstamos de empleado para adquisición de vivienda habitual, considerando el Euribor B.O.E. del mes de octubre de 2009 (1,243%), sin operar el límite mínimo del 1,5%, según lo establecido en el Acuerdo Laboral que firmamos el 2 de diciembre.
A partir del 1 de enero y para todo el primer semestre de 2010, se modifica al 0,93% el tipo de interés de los préstamos de empleado para adquisición de vivienda habitual, considerando el Euribor B.O.E. del mes de octubre de 2009 (1,243%), sin operar el límite mínimo del 1,5%, según lo establecido en el Acuerdo Laboral que firmamos el 2 de diciembre, por el que se aplica la mejor opción entre:
q 55% Euribor, con un límite mínimo del 1,5%.
q 75% Euribor, con un límite mínimo del 0,5%.
Esta modificación del tipo de interés con efectos del 1 de enero de 2010, será de aplicación en el recibo que se cargará en cuenta junto a la nómina de enero el día 28.
Dado que los recibos de los préstamos de empleados tienen el cobro diferido hasta el día de abono de la nómina, independientemente de su fecha de vencimiento a lo largo del mes, el importe de este recibo será el resultado de los siguientes cálculos, en el caso del préstamo de empleado para adquisición de vivienda habitual:
q La revisión del tipo de interés se lleva a cabo con recálculo del cuadro de amortización, siendo el capital del recibo correspondiente a un nuevo cuadro al tipo del 0,93% .
q Los intereses serán el resultado de aplicar dos tramos de tipo de interés: el 1,50% desde la fecha de vencimiento anterior hasta el día 31 de diciembre, y el 0,93% desde el 1 de enero hasta la fecha del vencimiento del recibo.
Por tanto, el recibo del mes de enero será por una cuantía transitoria con un importe total superior debido a una mayor amortización de capital, siendo el recibo de vencimiento de febrero de 2010, el que refleje la revisión del tipo de interés por el recibo completo.