Archivado en Comunicados, Salario, Salario
400 - Nueva deducion del IRPF
IRPF
La medida no es una paga extraordinaria de 400 euros sólo para 2008, es una rebaja fiscal de 400 euros cada año a partir de 2008. Lo extraordinario de 2008 es la forma de deducirlo o de aplicarlo, puesto que cuando se aprueba la rebaja ya han transcurrido seis meses con la tarifa de descuento de IRPF anterior.
- Junio 2008 Hasta 200 euros menos de retención a cuenta del IRPF por rendimientos del trabajo.
- Julio - Diciembre 2008.- Se reducen los porcentajes de la retención hasta completar los 400 euros de deducción.
- A partir de 2009 Los porcentajes de retención ya se calcularán en función de incluir la deducción de hasta 400 euros en todo el año.
En primer lugar, hay que tener en cuenta que no es una "paga"sino que se crea una nueva deducción fiscal a los rendimientos del
trabajo o por actividades económicas. Es una deducción de la cuota
líquida con efectos de 1 de enero de 2008, que al tratarse de una
deducción de la cuota, afectará a las personas que tengan una cuota
derivada de los rendimientos del trabajo o por actividades económicas,
y por lo tanto se podrá deducir hasta 400 euros.
200 euros el mes de junio
Esta
nueva deducción afecta a la manera de calcular las retenciones a cuenta
del impuesto, por eso el gobierno ha modificado el reglamento del IRPF,
con respecto a las retenciones, incorporando esta deducción.
Para
este año, como ya estamos a mitad del ejercicio fiscal, el gobierno ha
decidido adelantar a efectos prácticos la deducción aplicando una
reducción de 200 euros, como máximo, de la retención a cuenta en la
nómina del mes de junio. Así, en la próxima nómina de junio, se
aplicará todavía el porcentaje de retención que se venía aplicando,
pero la cantidad resultante se disminuirá en 200 euros como máximo.
Esta disminución no la percibirán en este junioaquellas personas que se les aplique el tipo mínimo de retención del 2%
durante menos de un año y no la verán entera aquéllas que tengan una
retención a cuenta del IRPF menor a los 200 euros, aunque se les
compensará en los meses sucesivos.
Como ejemplo: Quién
este junio tuviera una retención de 250 euros, se la hará únicamente
una retención de 50 euros, pero en el caso de no llegar a una retención
de 200, no tendrá retención.
A partir del mes de julio se
disminuirá el tipo de retención en la cuantía necesaria para completar
la reducción de las retenciones hasta los 400 euros.
Para el año
2009 y sucesivos, las retenciones a cuenta sobre los rendimientos del
trabajo ya incorporarán esta deducción de 400 euros anuales.
Este
articulo es adaptación del texto de la noticia aparecida en el
Comfia.info de 05/06/2008 y elaborada por COMFIA - Catalunya, que
BANESTO ya ha reproducido como circular, ya que me parece oportuna y
aclaratoria, ante las dudas generadas por esta medida.