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NUEVA APLICACIÓN GTMS, ACLARACIONES

CITIBANK implanta un nuevo Sistema Global de Gestión del Rendimiento y el Talento (GTMS)

Hace unos días enviamos una circular informando sobre la nueva aplicación GTMS. Ante las numerosas consultas recibidas por parte de la plantilla hemos creído conveniente hacer algunas aclaraciones sobre este asunto.

 


Este artículo se publicó originalmente en Citibank (CCOO Citibank) ,


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Hace unos días enviamos una circular informando sobre la nueva aplicación GTMS. Ante las numerosas consultas recibidas por parte de la plantilla hemos creído conveniente hacer algunas aclaraciones sobre este asunto.

Para darnos de alta en el Sistema Global de Gestión del Rendimiento y el Talento (GTMS) y facilitar nuestra participación, aparece un primer apartado denominado Consentimiento para participar en el sistema y donde si no das el consentimiento no entras en la aplicación. Si procedemos a la lectura del mismo. De forma resumida, observamos que se solicita nuestra conformidad para que nuestros “datos personales” queden alojados en un servidor en EE.UU. y donde además pueden ceder el uso de dichos datos a empresas ajenas a Citigroup.

Como ya sabéis en nuestro ordenamiento jurídico existe la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de Diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. Ley que tiene como objeto garantizar y proteger, en lo que concierne al tratamiento de los datos personales, las libertades públicas y los derechos fundamentales de las personas y ,especialmente, de su honor e intimidad personal y familiar.

Dicho esto, y tal y como se establece en el Articulo 6 de la citad Ley, que dice que el tratamiento de los datos de carácter personal requerirá el consentimiento inequívoco del afectado, “de ninguna manera estamos obligados a dar nuestro consentimiento/conformidad para el uso de nuestros datos y mucho menos en EE.UU.” Si así lo queremos. Así mismo deciros que si algún/a compañero/a ya ha prestado su conformidad sin haber tenido esta información, puede revocarla tal y como se establece en el artículo mencionado anteriormente.

La aplicación GTMS es una herramienta corporativa y no ha sido modificada o adaptada a la legislación española y, por tanto, no cumple una de las premisas más importantes del convenio de banca: la ausencia de objetivos.
 
Además de las herramientas creadas para presionar a los compañeros de sucursales, “scales”, partes diarios de previsión comercial, etc., ahora quieren que aceptemos unos objetivos puestos al azar.

Por todo lo expuesto, y a pesar de todo lo comentado en anteriores notas informativas sobre el particular, os indicamos los pasos necesarios para evitar caer en la trampa del GTMS.

Cuando vuestro supervisor os asigne los objetivos, tan sólo tenéis que ignorar los correos recordatorios, porque NO ES OBLIGATORIO tener objetivos. No obstante, si realmente quieren que imputemos nuestros objetivos, podrían ser los siguientes:

- No abrir los sábados
- No asistir a los “meetings” fuera de horas de trabajo
- No vender por vender y volver a la banca responsable

Tened en cuanta que para la Dirección del Banco cumplir los objetivos es, simplemente,  hacer nuestro trabajo. Por contra,  incumplirlos puede ser un arma en manos de la empresa.

No obstante, como recordábamos en nuestra anterior circular sobre este asunto, si alguien voluntariamente quiere rubricarlos aconsejamos que se adjunte la siguiente coletilla: “Mi firma en este proceso común de establecimiento de metas y evaluación del desempeño en ningún caso me obliga contractualmente a la consecución de objetivos, tal y como establece mi Convenio Colectivo de aplicación que es la norma que rige mi relación laboral”.

Seguiremos trabajando, seguiremos informando.

18 de marzo de 2010

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