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El Convenio Colectivo nos protege y da garantías (2)

CONVENIO COLECTIVO

El Tribunal Supremo nos da la razón: El IPC previsto para 2009 es el 2%. COMFIA-CC.OO. gana la demanda interpuesta en Sogecable, que se aplicará en las Cajas de Ahorro.


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El Tribunal Supremo ha dado la razón a COMFIA-CC.OO. en su demanda sobre la revisión salarial de 2009, ratificando a su vez la sentencia previa favorable dictada por la Audiencia Nacional. En el auto, el Tribunal asegura que la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2009 evidencia, con certeza, la previsión del Gobierno respecto del IPC.

Comfia-CCOO nos hemos dirigido a la patronal de las Cajas de Ahorro (ACARL) exigiéndoles la activación del acuerdo al que llegamos en el Acto de Conciliación Prejudicial de julio de 2009 .En dicho Acto llegamos al acuerdo con la patronal de aplicar provisionalmente un incremento salarial del 2% con efectos desde el 1 de enero de 2009, a la espera de la primera sentencia del Tribunal Supremo que resolviese si el 2% era el IPC previsto por el Gobierno en 2009.

Como se recordará, ACARL, decidió subirse al carro de la postura de la CEOE al negar la existencia de previsión del IPC por parte del Gobierno, bloqueando las subidas salariales previstas en cientos de Convenios Colectivos. La respuesta de Comfia-CCOO se realizó en varios frentes:

- Realizando concentraciones de delegados sindicales en las sedes de las principales Cajas de Ahorro y de la CECA.

- Interponiendo una demanda de conflicto colectivo contra ACARL exigiendo la aplicación de un incremento salarial para 2009 equivalente a la previsión del IPC realizada por el Gobierno, tal y como está recogido en el Convenio Colectivo de Cajas de Ahorro.

En mayo de 2009, la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional se pronunció favorablemente a la demanda interpuesta por Comfia-CC.OO. en Sogecable, reconociendo que el IPC previsto era el 2%. Días después, una nueva sentencia de la Audiencia Nacional, esta vez en el Convenio de Telemarketing, ratificaba a la anterior, dotándola de mayor eficacia jurídica.

Finalmente, el Tribunal Supremo acaba de confirmar las sentencias favorables de la Audiencia Nacional, tal como llevamos defendiendo desde la firma del Convenio. Una vez más, el tiempo nos ha dado la razón, haciendo bueno el Convenio Colectivo que suscribió CC.OO. para el periodo 2007-2010 anticipándonos al cambio de ciclo que se avecinaba, y gracias al cual, en tiempos de crisis no solo mantenemos el poder adquisitivo sino que tras esta sentencia lo veremos aumentado.

PLUS CONVENIO 2010

Asimismo, el Plus Convenio que se compone de una parte lineal (300 euros el año 2010), y otra variable por nivel retributivo - que es una mejora salarial acordada en este Convenio - queda en su parte variable y en la cuantía total para el 2010 como sigue:

GRUPO 1 Plus Convenio variable Importe total
Plus Convenio
  GRUPO 2 Plus Convenio variable Importe total
Plus Convenio
 NIVELES Por nivel retributivo  Variable + Lineal   NIVELES Por nivel retributivo  Variable + Lineal
I 628,66 € 928,66 €   I 334,44 € 634,44 €
II 529,28 € 829,28 €   II 316,71 € 616,71 €
III 469,73 € 769,73 €   III 298,80 € 598,80 €
IV 444,17 € 744,17 €   IV 261,79 € 561,79 €
V 430,05 € 730,05 €   V 250,58 € 550,58 €
VI 415,93 € 715,93 €   Personal limpieza
VII 397,08 € 697,08 €   (por horas) 250,58 € 550,58 €
VIII 383,76 € 683,76 €  
IX 363,69 € 663,69 €  
X 346,64 € 646,64 €  
XI 309,14 € 609,14 €  
XII 264,27 € 564,27 €  
XIII 211,41 € 511,41 €  

Aprovechamos para recordaros que hoy, 25 de marzo, ES EL ÚLTIMO DÍA PARA SOLICITAR EL VOTO POR VALIJA, para las elecciones a la Asamblea General de CAI (Comunicación Interna de la Comisión Electoral, nº 42 de fecha 05/02/2010). PARTICIPA.

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