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tarde del JUEVES SANTO
30 de Marzo 2010 COMUNICADO 14/10
... a las 14:30 h. APAGA y VÁMONOS
Recordad que, de acuerdo con lo que establece el artículo 31.4 del Convenio Colectivo, la tarde del próximo jueves día 1 de abril, el jueves Santo, es considerada como no laborable finalizando la jornada laboral a las 14:30 h. , ya que el horario de mañana tiene que ser el de todos los jueves invernales.
Es en estas fechas tan singulares cuando el Convenio adquiere una especial importancia en materia de conciliación de vida familiar y laboral, por la que CC.OO. ha apostado con claridad desde hace años.
Buenas vacaciones de Semana Santa!
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