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CAJA MADRID, CAJA RIOJA, CAJA SEGOVIA, CAJA ÁVILA, CAIXA LAIETANA Y CAJA INSULAR INICIAN LA CREACIÓN DE UN SIP

comfia - caja rioja

COMFIA-CCOO solicitará a las Cajas que se designe como entidad central del SIP  a una de las Cajas que lo componen.


Este artículo se publicó originalmente en Caja Rioja (Sección sindical Caja Rioja) ,


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El pasado viernes, 28 de mayo, se comunicó por parte de Caja Madrid, Caja Rioja, Caja Segovia, Caja de Ávila, Caixa Laietana e Insular de Canarias a la CNMV la disposición a iniciar conversaciones para la creación de un Sistema Institucional de Protección (SIP), la denominada “fusión fría”.

Comfia-CCOO, requeriremos  a las Cajas para que se nos dé información suficiente acerca del desarrollo del proyecto, que ha de reforzar la rentabilidad y solvencia del conjunto, de manera que el resultado general debe mejorar la suma de las partes.

La garantía de viabilidad es, por lo tanto, una condición previa a todo lo demás.

Esta operación que ahora se inicia, y que ha de pasar por los órganos de gobierno de estas entidades, ha de contar con diversas condiciones acordadas en una Mesa Laboral:

•     Garantía de Empleo y resto de condiciones laborales, con el compromiso de que si hubiera que hacer alguna reordenación ésta se realizaría a través de medidas acordadas no traumáticas.

•     En la medida en que las cajas, y la que de ellas haga de sociedad central, tienen la naturaleza de Cajas la negociación  de las condiciones laborales debe de respetar el marco normativo del Convenio de Ahorro, así como el marco laboral de cada una de ellas, procurando la mayor y mejor cohesión de las plantillas.

•     Así mismo, Comfia-CCOO exige la garantía de que el desarrollo del SIP  respete la naturaleza jurídica de las Cajas que lo integran.  Dado que se acaba de regular una buena parte de las características de un SIP, mediante el decreto Zurbano, Comfia-CCOO cree lo más conveniente, y así lo solicitará a las Cajas, que se designe como entidad central del SIP a una de las Cajas que lo componen, como establece el decreto 6/2010, de 9 de abril, de medidas para el impulso para la recuperación económica y el empleo en su artículo 25.d.ii: “Que la citada entidad central sea una de las entidades de crédito integrantes del sistema institucional de protección u otra entidad de crédito participada por todas ellas y que formará así mismo parte del sistema”.

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