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La gestión de sus empresas impide a Llamas presidir la caja fusionada

El BOE publica la Ley de Cajas en la que se recoge la ncompatibilidad «con cualquier actividad retribuida tanto de carácter público como privado»

 La nueva Ley de Cajas ya es una realidad que está en vigor y, por tanto, desde ayer -”una vez que se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto-Ley-”, los altos cargos públicos y políticos no podrán pertenecer a los órganos de dirección de las entidades de ahorro, como la que resulte de la fusión entre Caja España y Caja Duero. Pero, además, el articulado de la nueva Ley recoge un nuevo control para poder presidir o llevar la dirección general de las cajas de ahorro que, en este caso, frena los deseos de los empresarios o constructores como el actual presidente de Caja España, Santos Llamas, que deberá renunciar a la gestión de sus empresas para poder presidir la caja resultante de la fusión Caja España y Caja Duero.


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 La nueva Ley de Cajas ya es una realidad que está en vigor y, por tanto, desde ayer -”una vez que se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto-Ley-”, los altos cargos públicos y políticos no podrán pertenecer a los órganos de dirección de las entidades de ahorro, como la que resulte de la fusión entre Caja España y Caja Duero. Pero, además, el articulado de la nueva Ley recoge un nuevo control para poder presidir o llevar la dirección general de las cajas de ahorro que, en este caso, frena los deseos de los empresarios o constructores como el actual presidente de Caja España, Santos Llamas, que deberá renunciar a la gestión de sus empresas para poder presidir la caja resultante de la fusión Caja España y Caja Duero.

Así lo recoge el artículo 27 de la nueva Ley de cajas que dice textualmente: «En el ejercicio del cargo de Director general o asimilado y el de Presidente del Consejo de Administración de una caja de ahorros requiere dedicación exclusiva y será, por tanto, incompatible con cualquier actividad retribuida tanto de carácter público como privado, salvo la administración del propio patrimonio y aquellas actividades que ejerza en representación de la caja. En este último caso los ingresos que obtengan, distintos a dietas de asistencia a Consejos de Administración o similares, deberán cederse a la caja por cuya cuenta realiza dicha actividad o representación».

Un nuevo contratiempo para el sector Llamas, que el pasado día 1 aprobó en el Consejo de Caja España la propuesta para que Santos Llamas presida la caja fusionada, con 9 votos a favor -”todos los consejeros afines al PSOE más el del propio presidente-”, siete en contra -”los afines al PP-” y la abstención de Javier García-Prieto, que se computó como un no,

El artículo 27 de la nueva Ley sirve, además, para equiparar por primera vez la figura del director general y del presidente de las cajas de ahorro, que desde ahora tendrán la misma limitación en el ejercicio de su cargo.

La Junta tendrá seis meses para adaptarse a la nueva Ley. Desde hoy, las comunidades autónomas tendrán seis meses para aprobar su normativa con la que se adaptarán al Decreto del Gobierno y en la que, además, fijarán el veto a posibles fusiones, tal y como recoge la disposición adicional sexta de la nueva Ley de Cajas que ya se encuentra en vigor, en la que claramente se expresa ese veto: «Las fusiones entre Cajas estarán sometidas al procedimiento de autorización previsto en la normativa autonómica de desarrollo. La denegación de la autorización sólo podrá producirse mediante resolución motivada cuando la entidad resultante pudiera incumplir cualquiera de los requisitos objetivos previstos en la citada normativa».



Diario de León

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