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La jubilación se mantiene en 65 años a quienes han cotizado 38 años y medio

SE AUMENTARÁN LOS 35O EUROS A LOS PARADOS SIN PROTECCIÓN Y SE DESVINCULA DE LA FORMACIÓN

En contra de la propuesta inicial del Gobierno, la jubilación a los 67 años no será ni obligatoria ni generalizable. Se crea un nuevo derecho subjetivo de jubilación anticipada a los 63 años con coeficientes reductores y los jóvenes becarios, y las mujeres que hayan estado al cuidado de hijos, podrán tener hasta dos años de cotización. Por el contrario, el período de cómputo se amplia escalonadamente de 15 a 25 años.
 


Este artículo se publicó originalmente en Caja Murcia (Servicios CCOO en Caja Murcia) ,


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nuevatribuna.es | 27.01.2011


Gobierno, sindicatos y empresarios tienen previsto presentar en las próximas horas los resultados del pacto sobre pensiones que llevan negociando desde hace semanas. El acuerdo alcanzado - para cuyo cierre faltan "algunos escollos", según afirmó el Gobierno- mantiene la edad de jubilación en los 65 años actuales, aunque sólo para quienes hayan cotizado un mínimo de 38 años y medio y quieran cobrar la pensión completa. Para el resto, la edad de retiro sube a 67 años, según avanzaron a nuevatribuna.es en fuentes sindicales.

Por otro lado, el Gobierno ha accedido a ampliar la ayuda de 350 euros a los parados sin prestación presentada hace unos días. Finalmente, la ayuda que sustituye al ‘Prodi’ ó 426 euros no estará vinculada a la formación, como pretendía el Ejecutivo, y su financiación dependerá de la Administración central, y no de las comunidades autónomas. Aunque falta fijar su cuantía, ésta tendrá que ser superior a 400 euros.

A partir de la entrada en vigor de la reforma, la jubilación ordinaria quedará fijada en 65 años con el 100% de la base de cotización para aquéllos que hayan cotizado durante 38 años y medio a la Seguridad Social. Para el resto, la edad de jubilación se fija en 67 años con el 100% de la base reguladora, siempre que se haya cotizado un mínimo de 37 años, dos más que en la actualidad. Se mantiene la jubilación parcial a los 61 años. Y sólo se podrán jubilar de forma anticipada los trabajadores que hayan cumplido 63 años, con algunas excepciones; podrán jubilarse anticipadamente a los 61 años quienes se hallen inmersos en una “situación de crisis”, aún por definir. Además, desaparece la jubilación especial a los 64 años.

El período de cómputo para calcular la pensión se amplía hasta los 25 años, desde los 15 actuales. La Seguridad Social llevará a cabo este incremento en dos fases. Hasta 2016 ó 2018, el período de cálculo se ampliará hasta los 20 años. Posteriormente, el período de cómputo irá creciendo, durante los cinco años siguientes, hasta alcanzar los 25 años.

El acuerdo plantea mejorar los incentivos al retraso voluntario de la edad de jubilación. En la actualidad estos incentivos incrementan la pensión un 2 ó 3 por ciento por cada nuevo año cotizado, según sea la carrera de cotización de cada persona. Aunque falta concretar algunas cifras, la reforma quiere elevar esos incentivos hasta el 3,5 por ciento, en caso de carreras de cotización completas. “Pero este asunto no está cerrado”, según reconocen en fuentes sindicales. Hasta el momento no se ha alcanzado un acuerdo sobre las bases de cotización máximas y mínimas.

El pacto fija nuevos incentivos para las mujeres y los hombres que dejaron de cotizar para dedicarse al cuidado de hijos. Así, el sistema contará como cotizados nueve meses por cada hijo, con un máximo de dos años, desde los 112 días actuales.

En cuanto a los jóvenes, el acuerdo plantea reconocer como períodos cotizados los años dedicados a programas formativos o de investigación, que tendrán la misma protección que los contratos de formación y serán sufragados por los entes o empresas que los financien. También podrán suscribirse convenios especiales de cotización sin necesidad de haber trabajado anteriormente.

La reforma reserva un apartado especial dedicado a los trabajos penosos, tóxicos, insalubres y peligrosos. En estos casos, y cuando no sea posible un cambio en las condiciones o de puesto de trabajo, se aplicarán coeficientes reductores de la edad de jubilación, que supondrán una sobrecotización por parte de las empresas. La ley fijará además qué profesiones se pueden acoger a este caso, que recogerán en un catálogo.

En cuanto a otros regímenes, la reforma da prácticamente por concluida la integración del Régimen Agrario en el Régimen General. También se impulsará la integración completa del Régimen Especial de Empleadas del Hogar en el Régimen General.

En materia de autónomos, estas fuentes reconocen que es una cuestión que “no está cerrada aún”. Aun así, el objetivo de la reforma es hacer que las bases de cotización medias de los autónomos sean similares a las del Régimen General.

En cuanto a las situaciones de viudedad, se discute una posible mejora de las pensiones más bajas. Según estas fuentes, si esta subida no se produce, podría realizarse a través de una subida de las pensiones mínimas.

Por otro lado, el acuerdo fija además que el sistema de pensiones buscará fuentes de financiación complementaria en el medio o largo plazo y profundizará en la separación de fuentes, cumpliendo así con las recomendaciones del Pacto de Toledo.

A partir de 2027, los parámetros fundamentales del sistema se revisarán cada cinco años para adaptarlos a la evolución de la esperanza de vida.


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