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2ª Reunión Sindicatos-Empresa.ERE

BARCLAYS BANK S.A.


Este artículo se publicó originalmente en Barclays (Servicios CCOO en Barclays Bank) ,


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  COMUNICADO CONJUNTO  

CCOO-UGT

NOTA INFORMATIVA SINDICAL CONJUNTA SOBRE LA PROPUESTA DE LA DIRECCIÓN DE BARCLAYS ESPAÑA PARA LA NEGOCIACIÓN DE UN NUEVO “PLAN DE COMPETITIVIDAD”

Ayer, Jueves 17 de Marzo, se celebró la anunciada reunión entre la Dirección de Barclays España y la Representación Legal de sus Trabajadores, a la que ésta fue convocada el pasado día 11, tal como informamos ambos Sindicatos. El objeto de dicha reunión era presentar, por parte de la Dirección, un análisis de la situación actual del Grupo en nuestro país y, en consecuencia, proponer un nuevo “Plan de Competitividad” adaptado a la nueva estrategia de negocio definida por la Dirección de Grupo para España.

A dicha reunión asistieron 5 Representantes de la Dirección –un miembro del Equipo de Dirección del CEO GRB España, la Directora de Recursos Humanos, la Directora de Relaciones Laborales y 2 miembros del bufete asesor de Barclays España en esta materia-, y 8 Representantes de UGT y CCOO -3 miembros de sus Secciones Sindicales respectivas en Barclays Bank, S.A. y 1 representante institucional de cada organización-.

Los aspectos tratados en la citada reunión pueden resumirse en los siguientes Puntos:

1. EVOLUCIÓN DEL SECTOR FINANCIERO Y DE BARCLAYS ESPAÑA

De inicio, el miembro del Equipo de Dirección del CEO GRB España –presentado como Responsable de la elaboración del nuevo Plan de Competitividad para España propuesto a la Dirección de Grupo- expuso la situación actual del Sector Financiero español desde el análisis de la evolución de su Margen Bruto, Morosidad, Gastos de Explotación y Beneficios (BAI) en estos últimos años. Comentó también la previsión de un escenario de crisis en España hasta, al menos, 2014.

A continuación, expuso algunos factores condicionantes de la evolución reciente de la Banca Minorista en España y de sus perspectivas futuras –mayor coste de la financiación por la elevación de la prima de riesgo, morosidad, mayores requerimientos de capital, etc.-, lo que ha conllevado una progresiva reducción de la Red de Sucursales, especialmente significativa desde 2009. En este sentido, recordamos nuestra opinión, expresada ya desde hace mucho tiempo, sobre la “oportunidad” de un Plan de Expansión como el realizado por Barclays España en un momento en el que todo el Sector replegaba sus velas.

Respecto a la Banca Corporativa, presentó una gravísima evolución de los Resultados, con un incremento de las pérdidas en 2010 de un 934% respecto a 2009, por como consecuencia de la fortísima dotación efectuada para saneamiento de activos.

Presentó, finalmente, unas cifras conjuntas no consolidadas de Barclays Bank, S.A. y Barclays Bank PLC, Sucursal en España, que reflejan a 2010 su deterioro por la morosidad, por su caída del Margen Bruto y su incremento de los Gastos de Personal.

En este sentido, destacó que Barclays no ha generado ingresos que palien este deterioro intermediando en la financiación del Estado español –tomando dinero a tipos del BCE y prestando a los tipos de sus emisiones de Bonos- por razones de riesgo. Por supuesto, nos ha causado extrañeza que esta política de Grupo tan conservadora que no se haya correspondido con la llevada a cabo en sus decisiones de negocio en España.

Concluyó esta exposición reconociendo que toda esta situación, la previsión de beneficios en España a muy largo plazo y la necesidad de capitalizar el Banco hasta los nuevos requerimientos del Banco de España hizo que, hace unos meses, la Dirección de Grupo valorara la posibilidad de su salida del mercado español.

2. PLANES DE ACCIÓN PREVISTOS

La decisión de continuar, por tanto, en España, pasa reorientar el negocio de Banca Minorista en nuestro país centrándolo en el segmentoPremier (rentas medias-altas), pues no requiere un financiación elevada, proporciona un mayor volumen de ingresos respecto a su volumen de activos, sufre un menor deterioro en tiempos de crisis, y es un mercado tradicional para Barclays en España, en donde tiene un nivel de penetración y de cuota de mercado superior al resto de segmentos de Banca de Particulares. Barclays es, además, percibido en España, como una entidad con una calidad de servicio superior a la media del Sector.

Respecto a la Banca Corporativa, significa centrarse en la Banca de Empresas de mayor tamaño, Multinacionales e Instituciones. Disminuirá el enfoque hacia Empresas medianas y se abandona el negocio de Empresas pequeñas. Ello supondrá una reducción de las zonas geográficas en las que se operará y un cambio en el modelo de servicio, basado en una mayor especialización y en un menor soporte de la Red de Sucursales de Banca Minorista a este negocio.

Este nuevo enfoque representa para la Dirección un necesario enfoque también en los recursos requeridos para ello. El impacto que prevén es el siguiente:

Una reducción de en torno a 120 Sucursales de la Red Comercial, que tendrá a su vez el siguiente impacto en la plantilla:

Una reducción de entorno a 600 personas en el negocio de Banca Minorista. Esta reducción afectará tanto a Barclays Bank, S.A. como a Barclays Bank PLC Sucursal en España.

Una reducción de 70-80 personas en el negocio de Banca Corporativa.

Una reducción de 20-25 personas en el negocio de Barclays Wealth.

La salida de la plantilla propuesta se plantea en los términos descritos en el siguiente apartado.

3. CONDICIONES DEL “PLAN DE COMPETITIVIDAD” PROPUESTAS

La descripción de la propuesta de condiciones de la Dirección corrió a cargo de uno de los miembros del bufete asesor de Barclays España, y es la siguiente: Instrumentación en ERE

El Plan se instrumenta en un Expediente de Regulación de Empleo (ERE), que contemplará prejubilaciones, bajas incentivadas, suspensiones de contrato y reducciones de jornada. Esta instrumentación permite a Barclays España un ahorro significativo de costes, al pasar la plantilla prejubilada previamente por situación de desempleo durante 2 años.

Las condiciones de Prejubilación serían las siguientes:

         Obligatoria, para las personas que hayan cumplido 58 años a 31 de Diciembre de 2011.Deberán tener una antigüedad mínima de 10 años en su empresa. La previsión es que afecte en torno a unas 350 personas.

         Prejubilación hasta los 61 años. De acuerdo con la reforma de pensiones prevista, pasaría a la jubilación a dicha edad, posibilidad excepcional en casos de ERE. (Como todos sabemos, esta situación tendría una grave penalización en la prestación de la pensión).

        Cobertura del 80% de los conceptos salariales de Convenio + 50% de los conceptos extra Convenio. A esta cobertura no se añade la prestación por desempleo, sino que ésta quedaría incluida en la cobertura total.

        La cobertura anterior tendría como límite el 100% del salario neto de Convenio.

        La empresa abonaría el Convenio Especial hasta la fecha de Jubilación, excepto en los dos años de prestación por desempleo, que correría a cargo del INEM.

§         Podría optarse entre la percepción del montante económico en forma de capital o de renta mensual.

         La fecha de acceso a la Jubilación sería en un plazo de 6 meses a contar desde la fecha de entrada en vigor del Acuerdo que se firmara.

        Como beneficios sociales se mantendrían exclusivamente los préstamos vivos hasta la fecha de Jubilación.

Las condiciones de Bajas Incentivadas serían las siguientes:

§         Primera fase de adhesión voluntaria. En caso de no llegar a la cifra necesaria, designación obligatoria por parte de la empresa.

         Indemnización de 35 días de salario, con el límite de 2 anualidades.

Las condiciones de Suspensión Temporal de Contrato serían las siguientes:

         Suspensión mínima del contrato durante 3 años, ampliable a 5 por voluntad del trabajador. Reserva de empleo durante dicho plazo.

         Abono del 30% del importe equivalente a las condiciones de una baja incentivada. En caso de incorporación posterior, conservación de dicho importe. En caso de no reincorporación, abono del 70% restante.

Las condiciones de Reducción de Jornada serían las siguientes:

        Reducción necesaria del 50% de la Jornada, de un modo aún por determinar. Posible previsión de turnos rotatorios de trabajo cada 6 meses.

        Duración mínima de la Reducción: 2 años. Percepción de la prestación por desempleo parcial en el periodo en que no se trabaja.

         Posibilidad de solicitud de cualquier persona, si bien el Banco determinaría su captación o no de la solicitud.

Al representar estas medidas una necesaria movilidad geográfica, tanto por cobertura de vacantes como por cierre de oficinas o reestructuración de Servicios Centrales, las condiciones de compensación por dicha movilidad serían las siguientes:

        Por movilidad entre 25 y 100 km: 5.000 Euros.

         Por movilidad superior a 100 km: 15.000 Euros.

        No habría compensaciones especiales para ayuda de vivienda o préstamos hipotecarios en condiciones diferentes a las Condiciones Financieras en vigor como beneficio social.

         La empresa podrá valorar las preferencias de destino de los trabajadores afectados, pero la determinación quedará bajo la potestad de aquélla.

4. POSICIONAMIENTO SINDICAL CONJUNTO

Respecto a la exposición de los Puntos anteriores, los Representantes Legales de los Trabajadores hemos expresado en dicha reunión las siguientes consideraciones:

         Hemos cuestionado que la evolución de Barclays en España sea imputable exclusivamente a razones de crisis y de deterioro generalizado en el Sector. Este deterioro particularmente significativo en las magnitudes de negocio de Barclays es imputable, principalmente, a las decisiones estratégicas tomadas por la Dirección de Grupo y a la gestión de negocio realizada por la Dirección española.

         Por la razón anterior, hemos cuestionado la capacidad del cuadro directivo actual de Barclays España para generar la confianza necesaria en los reguladores financieros, en la clientela, y en la propia plantilla, así como para llevar adelante este nuevo proyecto. Salvo el significado cambio del CEO GRB España, el cuadro directivo es prácticamente el mismo -con alguna leve operación de maquillaje- que ha llevado a Barclays a la situación actual de negocio y resultados en España.

        Hemos cuestionado la autonomía de la Cuenta de Resultados española, condicionada a los objetivos estratégicos de los Resultados del Grupo. En este sentido, debe recordarse que las dotaciones efectuadas para saneamiento de activos siguen criterios de la Dirección de Grupo de prudencia extrema en esta materia. Pero cabe recordar también que la financiación de estos saneamientos se ha realizado generando plusvalías mediante la recompra de bonos de titulización y cédulas hipotecarias, que tienen en la empresa matriz su correspondiente contrapartida de minusvalía y, en consecuencia, su correspondiente impacto en el pago de impuestos por sus beneficios de Grupo.

        Hemos manifestado nuestra ausencia de sorpresa por el reconocimiento de que la Dirección de Grupo pudiera plantearse su abandono del mercado español. Esta posibilidad, junto a otras –venta a otra Entidad- ya nos habían quedado claras desde el momento en que la Dirección de Grupo ha agotado el límite para realizar la necesaria recapitalización del Banco, cuya publicidad en el Informe del Banco de España sobre la solvencia de las entidades españolas y su eco en toda la prensa nacional podría haberse ahorrado si la Dirección hubiera tenido clara su decisión de seguir en España desde hace tiempo. Por todo ello, expresamos nuestro rechazo a que este hecho pueda plantearse como argumento de intimidación a la hora de tratar de llegar a un acuerdo entre las partes.

        Hemos significado la ausencia de voluntad en el uso del Plan de Competitividad firmado en Marzo de 2009, apenas utilizado, y que hubiera permitido un ajuste gradual, sin duda menos traumático, a la evolución del negocio de Barclays España, y que respetara las condiciones pactadas en su momento, frente a las que ahora se nos plantean. Consideramos esta actuación también como un grave error de la Dirección que ahora se pretende que paguen en exclusiva los trabajadores del Grupo en España.

         Rechazamos de plano la propuesta de ruptura del principio de voluntariedad, que pretende convertir un ERE pactado en un ERE en condiciones de casi mínimos en casos de EREs traumáticos. Se pretende, además, la connivencia sindical en una situación en la que ni mucho menos está justificada, tanto por la situación del Grupo en España como en su conjunto.

Por todo ello, nos parece particularmente doloroso que la Dirección plantee que los graves y múltiples errores de su gestión deban ser asumidos exclusivamente por la plantilla de Barclays España. La plena responsabilidad de la Dirección en esta situación hace que entendamos que debe ser ésta la que se responsabilice de sus costes económicos en unos términos, como mínimo, razonables, máxime cuando el propio Grupo hace gala de sus beneficios y de las escandalosas retribuciones de sus Directivos.

Como ambas parte sí estamos de acuerdo en la conveniencia de abordar este proceso con una voluntad real de acuerdo, nos parece ABSOLUTAMENTE IRRESPONSABLE que la Dirección presente, sin ningún tipo de rubor, tales condiciones incluso aunque éstas no fueran más que una pura táctica de chalaneo.

Por tanto, emplazamos a la Dirección a un cambio de actitud radical respecto a la reunión que mantendremos el próximo Jueves 24, como continuación de este proceso de negociación.

Secciones Sindicales de UGT y CCOO de Barclays España

18 de Marzo de 2011

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