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Sentencia favorable a un trabajador de Caja Madrid

Esta sentencia tiene especial interés para trabajadores procedentes de Banca Jover, Banco Mapfre y otros colectivos. Un trabajador de Caja Madrid ha recibido recientemente una sentencia favorable en la demanda que había interpuesto contra la empresa.


Este artículo se publicó originalmente en bankia (Seccion Sindical Bankia) ,


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- El empleado proviene de la antigua Banca Jover y el acuerdo laboral de integración suscrito en su día (año 1999) incluía la percepción de una mejora salarial respecto a su situación anterior, a través de un complemento que era absorbible sólo en el caso de ascender en el futuro a una jefatura. 
 
- En 2008, el empleado alcanza, a través de los puntos anuales PDP, el Nivel VI, Posición 15, equivalente a la anterior categoría de Jefe de 6ª C. En ese momento, la Caja procede a la absorción del complemento.
 
- Sin embargo, el empleado entiende que no se cumplen las condiciones requeridas en el acuerdo laboral de Banca Jover para proceder a la absorción, ya que en ningún momento ha sido nombrado o desginado para una Jefatura, con las correspondientes mejoras y responsabilidades asociadas a esta función; sino que sus funciones siempre han sido administrativas y siguen siéndolo después del mencionado ascenso. 
 
- Ante la imposibilidad de alcanzar un acuerdo con la empresa, el empleado demanda a la Caja y el juez da la razón al empleado. Entre otros argumentos, el juez centra la cuestión en determinar qué se entiende como Jefe, estableciendo que las funciones y la prestación de servicios que efectúa el trabajador no son asimilables a las de un Jefe. 
 
- En consecuencia, la sentencia obliga a la Caja a abonar todas las cantidades absorbidas al trabajador de manera irregular.
 
Por tanto, ha quedado demostrado que la Caja no puede absorber ciertos complementos ligados al acceso a una jefatura hasta no desempeñar de manera efectiva a funciones y responsabilidades propias de tal jefatura, y no por el hecho de ascender a la última posición PDP de la escala administrativa, que anteriormente se denominaba "categoría Jefe de 6ª C".
 
Esta sentencia tiene un interés especial para los trabajadores procedentes de Banca Jover, Banco Mapfre y otros colectivos o personas individuales que hubieran pactado en su incorporación a la Caja a través de la escala administrativa, una mejora salarial absorbible sólo en caso de acceder a la función de Jefe.   
 
Si estás afectado por esta sentencia o crees estar afectado por ella, ponte en contacto con CC.OO.  
 
Marzo, 2011
 
Sección Sindical CC.OO Grupo Banco Financiero y de Ahorros.

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