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Bancaja: Agrupación de conceptos salariales
En la nómina abonada el 30 de marzo, se ha aplicado el acuerdo firmado por el SIP el 25/01/2011, por el que se agrupan los conceptos salariales, de manera que serán los mismos en todas las Cajas del SIP.
Bancaja, en su línea habitual, contribuyó a que se creara una cierta confusión, pues ayer se podían consultar las nuevas nóminas, cuando en la Intranet no habían publicado ninguna noticia aclaratoria sobre el particular.
Una vez que Bancaja publicó ayer, a última hora, dicha noticia aclaratoria (que conviene que leas, para evitar tener que reproducir aquí su contenido), en su parte final, justamente para la parte más compleja ‑que es la de cómo se efectúa la agrupación de conceptos salariales‑, simplemente remite a la tabla del pacto. Esto, aunque desde la perspectiva de la empresa puede ser suficiente, está generando ya muchas consultas, pues no todos/as los/as compañeros/as son capaces de descifrar su propia nómina, pues hay conceptos que esconden detrás cálculos sobre números de pagas e importes que no resultan evidentes a primera vista.
Sin entrar al detalle de toda la casuística que se presenta, pues cada nómina es un mundo, como norma general sí que resulta de utilidad que dispongas de la tabla del pacto, pues allí figuran los conceptos que aparecían en las nóminas de Bancaja hasta la que se abonó el 10 de marzo, y a la derecha consta el nuevo concepto correspondiente para cada uno de ellos (columna Agrupación). En las otras dos columnas figura el Nº Pagas en los que se aplica cada concepto y las correspondientes Observaciones. Así pues, con la ayuda de la tabla, salvo lo que te aclaramos a continuación, debe resultarte bastante sencillo identificar los conceptos que aparecían en tus nóminas y determinar a qué nueva Agrupación van sumando.
A continuación te indicamos una serie de cuestiones que entendemos que dan respuesta a las preguntas más usuales y más generales (para las muy particulares, insistimos en que bastará con acudir a la tabla del pacto):
þ Una primera comprobación básica, consiste en verificar que, en la esquina inferior derecha, no han variado los importes del Límite social (una anualidad) y de la Cuota de endeudamiento máxima mensual.
þ Una segunda comprobación, consiste en verificar que cuadra la siguiente operación aritmética:
Suma de devengos de la nómina del 10 de marzo
(-) RETRO 01/2011 9S67 PLUS CONVENIO de la nómina del 10 de marzo
(+) 9V26 COMPENSACION SEGUROS de la nómina del 30 de marzo [quien la tenga]
(=) Suma de devengos de la nómina del 30 de marzo
Explicación:
· Al comparar el bruto de ambas nóminas, debes restar una vez el importe del Plus Convenio, pues en la abonada el 10 de marzo este concepto lo cobraste dos veces, ya que se pagó lo correspondiente a los meses de enero y de febrero.
· Si tienes contratado el Seguro de Vida de Convenio (es de suscripción voluntaria), en la nómina del 30 de marzo la empresa te habrá abonado el 50% de la prima: se trata de un pago que no figura en las nóminas ordinarias.
þ El concepto 9R01 SUELDO BASE integraba, hasta ahora, el importe del Sueldo Base de Convenio correspondiente a tu Nivel, más un importe propio de Bancaja, que está congelado para cada Nivel desde el principio de los tiempos. Así, la diferencia entre el importe de partida (9R01 SUELDO BASE) y el Sueldo Base de Convenio, que es el que ahora figura en 9G01 SUELDO BASE, suma al nuevo concepto 9G08 COMPLEMENTO NO REVISABLE 2.
þ El concepto 9R04 ANTIGÜEDAD, suma al nuevo concepto 9G02 ANTIGUEDAD.
þ El concepto 9R21 COMPL. AD PERSONAM DINAMI, para quien lo tuviese, suma al nuevo concepto 9G05 COMPLEMENTO REVISABLE 1.
þ El concepto 9R22 COMPL. AD PERSONAM FIJO, para quien lo tuviese, suma al nuevo concepto 9G08 COMPLEMENTO NO REVISABLE 2.
þ La rúbrica más enrevesada es la que corresponde al anterior concepto 9R28 PRORRATEO PAGAS EXTRAS. Hasta ahora, aquí figuraba el resultado de multiplicar por 6,5 pagas y dividir por 12 meses, la suma de los conceptos Sueldo Base de Convenio, Antigüedad y diferencia (congelada) entre el Sueldo Base de Bancaja y el Sueldo Base de Convenio. Así pues, el importe original, pasa a sumar a tres conceptos diferentes:
o El resultado de multiplicar por 6,5 pagas y dividir por 12 meses la parte del Sueldo Base de Convenio, esto es, el nuevo concepto 9G01 SUELDO BASE, suma al nuevo concepto 9G03 PRORRATEO PAGAS EXTRAS.
o El resultado de multiplicar por 6,5 pagas y dividir por 12 meses la parte de Antigüedad, esto es, el antiguo concepto 9R04 ANTIGÜEDAD (cuyo importe debe ser coincidente con el del nuevo concepto 9G02 ANTIGUEDAD), suma al nuevo concepto 9G02 ANTIGUEDAD.
o El resultado de multiplicar por 6,5 pagas y dividir por 12 meses la parte de la diferencia entre el Sueldo Base de Bancaja (antiguo concepto 9R01 SUELDO BASE) y el Sueldo Base de Convenio (nuevo concepto 9G01 SUELDO BASE), suma al nuevo concepto 9G08 COMPLEMENTO NO REVISABLE 2.
þ El concepto 9S57 PLUS CONVENIO, suma al nuevo concepto 9G04 PLUS.
þ El concepto 9R48 AYUDA FAMILIAR CONYUGE, para quien lo tuviese, suma al nuevo concepto 9G04 PLUS.
Algunos efectos que apreciarás tras todo este juego son:
þ Que la Antigüedad sube, pues pasa a integrar el antiguo concepto Antigüedad y la parte que se ha sacado del antiguo Prorrateo de pagas.
þ Que el Prorrateo de pagas baja, pues aquí sólo queda la parte correspondiente al prorrateo del Sueldo Base de Convenio.
þ Que el Complemento Dinámico, para quien lo tuviese, no varía, pues se integra en el Complemento Revisable 1.
þ Que el Complemento Fijo para quien lo tuviese, sube, pues en el Complemento No Revisable 2 se integra tanto el antiguo Complemento Fijo como la parte del diferencial entre los sueldos base de Bancaja y de Convenio que antes estaba en el concepto Sueldo Base y en el concepto Prorrateo Pagas Extras.
Evidentemente, como hemos dicho, lo dicho es una explicación genérica de los cambios fundamentales, pues cada nómina es un mundo, pero pensamos que puede contribuir a aclarar un alto porcentaje de las dudas que ha suscitado el cambio. Para el detalle de los aspectos más particulares, te insistimos en que, mediante la consulta de la tabla del pacto (el enlace está disponible al final de la noticia publicada por Bancaja en la Intranet), podrás verificar que los importes que figuran en los nuevos conceptos agrupados de tu nómina responden a la suma de los importes de los correspondientes conceptos anteriores. Esperamos que esta información te resulte de utilidad.
Abril, 2011