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Telemarketing: Una propuesta inaceptable
Propuesta a la baja de AEMT
Recibimos un nueva propuesta que modifica cualitativa y cuantitativamente, por supuesto a la baja, las condiciones y los parámetros de la propuesta que el pasado 21 de diciembre en principio la patronal estaba dispuesta a asumir y supuestamente a firmar.
A finales de la pasada semana recibimos un escrito que, en nombre de la patronal de telemarketing, nos trasladaba a todos los sindicatos presentes en la mesa del III convenio una nueva propuesta (aunque no sabemos si este escrito está avalado por todas las empresas, solo por algunas, si estas son mayoría o es la propuesta tan solo del Gerente de la patronal, porque ya sabemos el proceder de esta asociación empresarial), que modifica cualitativa y cuantitativamente, por supuesto a la baja, las condiciones y los parámetros de la propuesta que el pasado 21 de diciembre en principio estaban dispuestos a asumir y supuestamente firmar.
Parece que la patronal de telemarketing tiene como concepto de negociación colectiva el incumplimiento de lo pactado, que una vez que se llega a unos límites y a un consenso en la negociación, estos se pueden reformar en función de tan solo los intereses unilaterales y que se pueden rebajar las condiciones del acuerdo sin que esto tenga la mas mínima consecuencia. No es de recibo.
Tanto Comfía-CCOO., como FeS-UGT, seguimos exigiendo a las empresas de telemarketing, como mínimo, que asuman su responsabilidad y sus compromisos, y le trasladamos una vez mas que el suelo de la salida negociada de este III convenio colectivo pasa por admitir las condiciones del anterior preacuerdo de diciembre.
No creemos que sea positivo que se modifique de manera tan engorrosa la redacción del texto sobre la sucesión de empresas, desvirtuando la referencia a la plantilla existente, con la introducción de excepciones por particiones de campaña que tan solo pueden dar lugar a diferencias de interpretación de lo pactado.
No vamos a admitir que no se tenga que indemnizar a los trabajadores y trabajadoras despedidos si no se cumplen por la nueva empresa los compromisos y se modifica el dimensionamiento inicial que los hizo perder su puesto de trabajo. Ni que se cambie ahora por una bolsa de tres meses, cuando antes ya había en el convenio la obligación de mantenerla seis meses.
No podemos admitir que todos los casos excepcionales de falta de reubicación de indefinidos se salden como un cambio sustancial de condiciones, con un máximo de nueve meses de indemnización, y no como despidos objetivos, que tienen una indemnización máxima de doce meses. La diferencia, como las empresas de telemarketing saben, es obvia.
No aceptamos que la concreción horaria de la reducción de jornada por lactancia se tenga que pactar o acordar con la empresa, cuando la ley concede este derecho en exclusiva a la trabajadora o al trabajador.
En definitiva, la calificación que nos merece esta última propuesta es de INACEPTABLE, ya que lo que se pretende con la misma es rebajar, nuevamente, las condiciones del preacuerdo comprometido en diciembre y no podemos aceptar que las reglas de la negociación sean alteradas unilateralmente y en beneficio de una sola parte.
24 de enero de 2005
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