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Firma del Convenio en Grupo Aviva

Con fecha 15.07.2011 se ha firmado el Convenio de Aviva. El siguiente paso es su envío al Ministerio de Trabajo donde después de su revisión cursarán su publicación en el BOE.

 


Este artículo se publicó originalmente en Seguros (Sector de Seguros (Cias y MATEPSS, Mediación y Servicios de Prevención)) ,


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Resaltamos del contenido de este nuevo convenio:

 

Ambito: incorporación de la ASC quedando integradas las siguientes empresas del grupo: AVIVA GRUPO CORPORATIVO, S.L., AVIVA VIDA Y PENSIONES, AVIVA GESTION S.G.I.I.C Y AVIVA SERVICIOS COMPARTIDOS A.I.E.

 

Duración: hasta el 31.12.2013 lo que nos aportará seguridad y estabilidad durante todo este período.

 

Instauración de la jornada intensiva durante todo el año, con flexibilidad de una hora en la entrada, hecho que consideramos un avance en la conciliación de la vida laboral y familiar. Con dos días de libre disposición no recuperables. También es relevante el trabajo realizado respecto a aplicar las jornadas partidas necesarias para el cómputo anual de horas en aquellos momentos de mayor carga de trabajo en cada área o departamento.

 

Adhesión sin período de carencia, al Plan de Pensiones de Empleo de la Compañía con aportación anual de 588,14€ por parte de la empresa sin necesidad de aportación por parte del trabajador.

 

Unificación de los conceptos existentes en un complemento “ad personam” (plus de productividad, diferencial entre convenio Aviva y sector en complemento experiencia y participación en primas) en un solo concepto que será “no compensable, no absorbible y con aplicación de IPC”

 

Creación de Complemento Convenio de 1.000€ anuales, para aquellos trabajadores que no tengan, o tengan menos de 1.000 euros en el complemento “ad personam”. Este importe se alcanzará de forma progresiva en tres años. Revalorizable al IPC.

 

Promoción automática de los niveles 7 y 8 del Grupo III al Nivel inmediatamente superior, una vez superada la antigüedad de 1 año.

 

Incremento en dos días (absorbibles si cambia la Ley) del Permiso por Paternidad que marca la Ley, de manera que actualmente serían 17 días.

 

Se incrementan las ayudas estudios para empleados e hijos de la siguiente manera:

Ayuda de gastos escolares hasta 3 años: 875,50 euros anuales

Ayuda de gastos escolares para mayores de 3 años hasta estudios universitarios: 494,40 euros anuales

 

Ampliación en el Seguro de Vida del Convenio del Sector de la cobertura por fallecimiento con triple cobertura por accidente de circulación.

 

Nueva modalidad de anticipos de hasta cuatro mensualidades para el trabajador con una antigüedad de dos años.

 

Póliza colectiva de Salud para empleados y sus familiares, con una cuota de 31 euros mensuales por persona.

 

Ámbito de la Sección Sindical: el de las empresas del Convenio.

 

Finalmente queremos resaltar especialmente el establecimiento de jornada intensiva, Sólo será un avance si nos comprometemos a cumplirla y es nuestra responsabilidad hacerlo.

 

Otro aspecto muy importante es la homologación de las condiciones económicas en el grupo de Empresas del Convenio, dada la disparidad existente.

 

Recordamos la importancia de la afiliación, tanto por interés individual como colectivo, sobre todo en momentos tan importantes como la Negociación del Convenio. La afiliación nos hace más fuertes ante la empresa y nos legitima aún más en las negociaciones.

 

 

 

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