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Responsabilidad, representación y remuneración de los sindicalistas en los consejos de las Cajas de Ahorros
Ya han comenzado a aparecer en la prensa noticias relacionadas con las retribuciones que perciben las personas que ostentan la representación del sindicato en los distintos Consejos de Administración y Órganos de Gobierno de las Cajas de Ahorro. Ante estas informaciones, conviene recuperar las siguientes consideraciones:
1. LEGALIDAD Y LEGITIMIDADLa Ley de Órganos Rectores de las Cajas de Ahorros (Ley 31/1985) recoge el derecho a que la sociedad civil participe en la administración y control de las Cajas de Ahorros.
Para ello, la Ley define los grupos de interés colectivo que deben integrar sus Órganos de Gobierno y pondera el peso que cada grupo debe tener en los distintos órganos. Además regula su proceso de elección. Impositores, Plantilla, Ayuntamientos y Entidades Fundadoras, extendiéndose en la legislación autonómica a los representantes de los Parlamentos y Otras Entidades Representativas inmersas en el ámbito de actuación de cada Caja.
Esta Ley responde a la función social que las Cajas desempeñaban desde sus orígenes históricos y cada representante está legitimado por su propio proceso democrático de elección, que puede ser distinto para cada grupo de interés colectivo. El sindicato participa por distintos grupos. Primero y fundamentalmente en representación de las plantillas; pero también, y según desarrollan distintas legislaciones autonómicas, como instituciones de la sociedad civil, miembros de los consejos económicos y sociales y, finalmente, como promotores de candidaturas sociales de impositores, a menudo de manera concertada con otras organizaciones sociales.
2. REPRESENTACIÓN COLECTIVA Y RESPONSABILIDAD PERSONALNuestros representantes y las personas que mantienen la vinculación activa con el Sindicato que trabajan en los Órganos de Gobierno (Consejos, Comisiones y Asambleas) lo hacen en representación de la Organización y nunca a título personal. No obstante, el Derecho Mercantil les atribuye responsabilidad personal ante sus decisiones en las tareas de administración y control, lo cual nos pueda resultar internamente paradójico.
3. RETRIBUCIONESAtendiendo al punto anterior, las retribuciones de los Consejeros se fijan por los órganos de cada entidad atendiendo a esa responsabilidad y trabajo y COMFIA-CCOO hemos reclamado la mayor transparencia sobre las mismas. Transparencia y detalle que sólo ha alcanzado a las entidades financieras que han sido objeto de ayudas y/o participaciones de capital público, por lo que seguimos reclamando dicha transparencia también para el resto de entidades financieras.
En nuestro caso, tenemos normas internas que obligan a dichas personas a ingresar esas retribuciones al servicio de la actividad sindical, salvando la indemnidad fiscal y otros efectos, como una valoración de su dedicación y responsabilidad.
4. RACIONALIZACIÓN DE LOS ORGANOS DE GOBIERNOEs una exigencia publicitada desde COMFIA-CCOO la racionalización de los órganos de gobierno de las Cajas y de sus empresas filiales, que debe afectar a la existencia de los órganos de gobierno mismos (Consejos de Administración, Comisiones Ejecutiva, de Control, de Retribuciones, de Auditoría, de Inversiones, de Obra Social, Asambleas Generales y Consejos de empresas participadas), a su dimensión y tamaño y al importe de las dietas y todo el conjunto de remuneraciones ya sean variables, en especie, complementos de pensiones y/o indemnizaciones.
Hemos exigido limitaciones y reducciones de las retribuciones de los consejeros y en ese sentido estamos de acuerdo con la línea iniciada por el actual Gobierno.
5. EL DERECHO Y EL DINEROMás allá de la coyuntura actual, nosotros aspiramos a que los representantes laborales tengan presencia en órganos de control de la gestión de las empresas. Como en Alemania, pero en todo. Las remuneraciones no pueden ser un freno a esta legítima aspiración sindical, y mucho menos en las cajas de ahorros en las que este derecho está garantizado por Ley.
Pero si la discusión de fondo no es el dinero sino el derecho, si el objetivo no manifestado es impedir la presencia de la representación laboral en los órganos que controlan y administran las entidades, con toda rotundidad, vamos a defender nuestro derecho a participar en las decisiones y en el control de las Cajas, en todas mientras éstas existan, en las que tienen dificultades y en las que no.
Y nadie va a impedir que sigamos garantizando y exigiendo la mayor transparencia, como reclamamos el pasado 25 de octubre de 2011 con la publicación del estudio de remuneraciones de las cúpulas directivas en el sector financiero.
21 de febrero de 2012
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