Archivado en Documentacion, Negociacion Colectiva, Socio Economico

La plantilla de Santander y Gijón podrá mantener la salida anticipada

El Tribunal Supremo da la razón a Comfia-CCOO

Tras la firma en 2009 del Acuerdo para la Libranza de los Sábados en la Red Comercial, el Banco decide unilateralmente suprimir la salida anticipada a las 14:30 de que disfrutaban las plantillas de Santander y Gijón.

Comfia-CCOO se dirigió a la Empresa para exigir que se siga aplicando dicho horario en Santander y Gijón. Tras agotar la vía negociadora y los intentos de conciliación, entablamos el conflicto jurídico que ha concluido ahora con la sentencia del Tribunal Supremo, dándonos la razón finalmente.  


Este artículo se publicó originalmente en santander (Sección Sindical Banco Santander) ,


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Como recordaréis, el Banco decide unilateralmente suprimir la salida anticipada a las 14:30 de que disfrutaban las plantillas de Santander y Gijón, tras la firma en 2009 del Acuerdo para la Libranza de los Sábados en la Red Comercial.

El Banco fundamentaba su decisión en que el Acuerdo de Libranza de Sábados suponía una sustitución total del horario estipulado en el artículo 25.2 del Convenio Colectivo, y que por tanto no cabía mantener condiciones particulares.

Comfia-CCOO mantuvimos desde el principio, por el contrario, que el Acuerdo de Libranza de los Sábados únicamente modificaba lo concerniente al trabajo en este día, repartiendo sus horas en el resto de días de la semana a razón de media hora diaria más; el resto hasta contemplar la jornada anual establecida en el Convenio, que no se modificaba, se agrupó en una bolsa de 25 horas que había que completar al cabo del año.

Por eso nos negamos a incluir ninguna referencia al horario especial de Santander y Gijón, ni a ninguna otra condición más beneficiosa que pudiera existir, en el redactado del Acuerdo de los Sábados. 

Por eso, tras la decisión de la Empresa de modificar el horario de Santander y Gijón, añadiendo otra media hora más a la jornada que de hecho se venía realizando en estas plazas, iniciamos el proceso para defender vuestro derecho.

Y por eso, tras agotar la vía negociadora y los intentos de conciliación, entablamos el conflicto jurídico que ha concluido ahora con la sentencia del Tribunal Supremo, que finalmente nos ha dado la razón.

El argumento principal que esgrime el TS para su sentencia es, precisamente, el que sustentaba nuestra reclamación: que el Acuerdo de Sábados no permite modificar las condiciones previas de horario y jornada más que en aquello que se estipula en él, es decir, en el cese de la prestación laboral los sábados y el reparto de esas horas en el resto de días de la semana; no cabe por tanto, a juicio del Supremo, ninguna otra modificación añadida.

Comfia-CCOO se ha dirigido a la Empresa para exigir que se aplique de manera inmediata la sentencia, modificando los calendarios laborales de Santander y Gijón para que recojan, como pasaba anteriormente, el derecho a la salida anticipada de
las trabajadoras y los trabajadores de estas plazas.


12 de abril de 2012





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