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Cierre ERE II y Apertura ERE III

Una vez cubierto el número máximo de plazas previstas como extinciones de contratos en el ERE II ( 350 ), comienzan las medidas previstas en el Acuerdo Laboral de fecha 22-03-2012 conocido como ERE III.


Este artículo se publicó originalmente en abanca (sección sindical Abanca) ,


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Nuevamente, ha quedado demostrado que los acuerdos alcanzados hasta la fecha han superado las previsiones, toda vez que compañer@s que han solicitado acogerse a las medidas de extinción no han podido ser atendid@s.

Las mejoras alcanzadas en las negociaciones han propiciado que la demanda fuese más elevada, sobre todo, en el colectivo de personas que cumplen 55 años en el año 2012. La situación sectorial y en particular de nuestra Entidad hacía necesario fijar un marco regulatorio que propiciase que las medidas de flexibilización interna se realicen de una forma ordenada y con garantías.

A partir de hoy y dado que la actual reglamentación laboral no hace necesaria la autorización administrativa preceptiva que con anterioridad se exigía para poner en marcha los ERE,s; se pondrán en marcha el nuevo paquete de medidas.

En la primera Comisión de Seguimiento que está prevista realizar en este mes, habrá que analizar si la empresa está en disposición de dar salida a l@s compañer@s que cumplen los 55 años en este ejercicio y que no han podido entrar en el anterior expediente, toda vez que las pérdidas declaradas por la empresa en el ejercicio 2011 podría hacer posible que el colectivo mayor de 50 años no estuviese afectado por lo que se conoce como “Cláusula Telefónica” que obliga a que las empresas en beneficios que realicen despidos colectivos, satisfagan un cantidad de dinero adicional para sufragar las prestaciones de desempleo y sus cotizaciones a la seguridad social. Este tema que está en vigor pero pendiente de desarrollo reglamentario, estimamos que en próximas fechas verá la luz.

Otras cuestiones

Está abierto el plazo para solicitar las medidas contempladas en el acuerdo laboral de fecha 22-03-2012.
Las compensaciones por movilidad no están ligadas a “voluntariedad”.
Las suspensiones de contrato, movilidad y reducciones de jornada contemplan unos plazos de preaviso que deberán ser respetados.
Oficinas EVO: por el momento no nos han trasladado la fecha del comienzo de la nueva jornada.Y tampoco se han reforzado aquellas oficinas con menos de cinco emplead@s.

Para realizar un control adecuado de la aplicación del acuerdo, necesitamos información; estamos a disposición de tod@s l@s afectad@s.
Contactar con nuestros delegad@s.


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