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FUSIÓN DE BANCO POPULAR y BANCO PASTOR - Compensación por traslado
Circular conjunta de CCOO, UGT en Grupo Banco Popular y Banco Pastor
abril 2012
El documento de garantías sobre la fusión suscrito
con el banco ampara el proceso de reestructuración de oficinas. Por este motivo,
desde los dos sindicatos velamos por el respeto y cumplimiento de los
compromisos firmados. Por eso, como método para garantizar una adecuada
gestión de los procedimientos voluntarios de acomodación de los empleados
en sus nuevos centros de trabajo, deberían de establecerse unas condiciones
básicas, referidas a las compensaciones que deben recibir las personas a las
cuales se propone un traslado dentro de este proceso, según la distancia a su
oficina de destino. Entendemos, a estos efectos, que el cumplimiento
del mutuo acuerdo entre trabajador y empresa es insuficiente, dada la
desigualdad entre ambas partes. Estimamos, por tanto, que para un correcto
ejercicio de dicha voluntariedad se necesita una información previa que asegureunas condiciones de traslado equilibradas y equivalentes a las de cualquier
otro empleado en la misma situación, de modo que permita a cada trabajador
tomar las decisiones oportunas. Insistimos, y lo seguiremos haciendo, para llegar
a un acuerdo con la Dirección del banco sobre esta propuesta antes de que se
inicie el cierre efectivo de oficinas. En cualquier caso, seguimos contactando con las
plantillas de las oficinas que se reestructuran, poniéndonos a su disposición
para solucionar cualquier disfunción que pudiera originarse. Seguiremos informando. 19 de abril
de 2012