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Un juez considera accidente laboral una depresión por acoso en el trabajo
El juez considera que "se pone de relieve la relación causal entre trabajo desarrollado y enfermedad padecida, que conduce a la calificación de ésta como accidente laboral". Por ello, tiene derecho a percibir una pensión mensual en concepto de invalidez absoluta permanente
El Juzgado de Lo Social número 13 de Valencia
reconoce como accidente laboral la depresión profunda de una trabajadora del
Ayuntamiento de Sagunto al considerar que esa patología psiquiátrica se deriva
de una situación de acoso laboral. La víctima, trabajadora de la Fundación
Municipal de Cultura, que entre otras cosas se encargaba de la programación del
Teatro Romano, cobrará una pensión por invalidez absoluta pemanente.
La sentencia, del 8 de marzo pasado, ha sido objeto de valoraciones políticas.
CC OO de la comarca del Camp de Morvedre ha expresado su apoyo a la afectada, la
técnico superior Amparo Lledó. EL PSPV se ha manifestado en el mismo sentido. El
Bloc, en cambio, cuyo concejal de cultura es responsable de la Fundación
municipal para la que trabajaba Lledó, se ha mostrado contrario a la decisión
judicial y ha anunciado recurso a la misma, aunque sólo el Consistorio, el
Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y la Unión de Mutuas están
legitimadas para interponerlo.
Amparo Lledó empezó a trabajar para el Ayuntamiento de Sagunto en 1993 como
técnico superior de Gestión Cultural para la Fundación Municipal de Cultura.
Entre sus responsabilidades estaba la participación en la gestión del programa
de actividades en el Teatro Romano de Sagunto. El fallo inicia el análisis de lo
ocurrido en 1999. Fue entonces, antes de las elecciones municipales, cuando el
Bloc designó a una liberada política como asesora "para que se encargara de la
intermediación con los demás representantes políticos de los partidos que
componían la Corporación municipal". Durante unos meses, previos a la
celebración de las elecciones municipales, Lledó recibía órdenes de la liberada
política a pesar de depender del concejal delegado de Cultura, entonces del
Grupo Independiente. Según consta en el relato de los hechos que recoge la
sentencia y acepta como probados, dicho concejal, Miguel Almor, "debió llamar la
atención a la liberada política del Bloc al menos en dos ocasiones diciéndole
que no interfiriera en el trabajo de la técnico y se abstuviera de darle
órdenes".
El fallo precisa que "desde ese momento las relaciones entre ambas empeoraron y
se produjo un progresivo aislamiento y marginación de la demandante". Después de
las elecciones de 1999, fue el concejal del Bloc Manuel Civera Gómez el
responsable de la Fundación Municipal de Cultura. A partir de ahí, según el
relato del fallo judicial, el trabajo de Lledó y su participación en la
Fundación fueron mermando hasta el punto de provocarle un trastorno pisquiátrico
irreversible que le impide trabajar. El juez considera que "la demandante venía
trabajando en la Fundación a plena satisfacción de los anteriores presidentes de
la misma [...] sin haber padecido dolencias de tipo psíquico hasta el año 1999
en el que como consecuencia de las elecciones municipales accedió al cargo el
nuevo presidente, al tiempo que otra persona de su partido se encargaba de la
intermediación y asesoramiento excediéndose de las funciones que le eran
propias". Y señala que ambos actuaron sobre Lledó "marginándola progresivamente,
limitando sus posibilidades de comunicación, limitando sus funciones,
produciendo su aislamiento y fomentando rumores y críticas contra ella". El juez
entiende que "las consecuencias del acoso condujeron a la demandante a la
pérdida de autoestima y a una depresión profunda". Y considera que "se pone de
relieve la relación causal entre trabajo desarrollado y enfermedad padecida, que
conduce a la calificación de ésta como accidente laboral". Por ello, Amparo
Lledó tiene derecho a percibir una pensión mensual en concepto de invalidez
absoluta permanente que debe pagar la Unión de Mutuas ya que se considera al
Ayuntamiento responsable de lo ocurrido, así como a la Fundación Municipal de
Cultura.
Vicent Vercher, abogado de la víctima, afirma que tras este fallo pueden
derivarse otras dos causas: "Una por la falta de medidas de seguridad, ya que
era previsible lo que ocurrió, y otra por daños".
El Pais
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