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Protocolo de actuación ante accidente laboral

CCOO BANESTO

Ante las dudas que nos llegan de algunos territorios en los que el banco ha desmantelado el Servicio Médico, a continuación pasamos a detallar un recordatorio sobre como debemos actuar en caso de accidente laboral.


Este artículo se publicó originalmente en Banesto (Comfia CCOO en Banesto. Derechos Laborales. Sindicato) ,


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  1. En caso de accidente laboral grave se procederá a acudir al Centro Sanitario más cercano, a posteriori se gestionará según se indica en el punto tres.

  2. En caso de accidente laboral no grave producido en horario de trabajo, se llamará inmediatamente al Servicio de Prevención del banco, teléfono 91-3384500 o 91-3383733, para comunicar el accidente. Este departamento nos facilitará el “Parte de Asistencia Sanitaria” con el que acudir al centro de asistencia de la Mutua que nos digan, para recibir el tratamiento correspondiente y que expidan, en su caso, la correspondiente baja.

  3. En caso de accidente in itinere (producido en el transcurso del desplazamiento desde el domicilio del empleado o empleada a su centro de trabajo o viceversa) o en cualquier otro tipo de accidente que no presentó síntomas en el acto y luego aparecieron, El Director/a, Sub-director/a o Jefe/a inmediato remitirá un correo al buzón de Salud Laboral “saludlaboral@banesto.es”, detallando el percance, hora en que ocurrió y teléfono de la persona afectada, para que el Departamento de Salud Laboral se ponga en contacto con él o ella y le indique la dirección del Centro Sanitario de la Mutua adonde tiene que dirigirse, ya que solamente la Mutua está facultada para dar bajas consideradas como accidente de trabajo.

Dado que nos hemos encontrado en varias ocasiones con que Salud Laboral del banco ha intentado, en nuestra opinión, trasladar un accidente de trabajo a la Sanidad Pública, con la nueva reforma laboral se hace imprescindible que todos los accidentes de trabajo sean reconocidos como tales ya que solamente, a día de hoy, en este caso no computan como absentismo laboral independientemente de su duración

Recordamos que un accidente laboral puede estar producido entre otros factores, por cualquier tipo de violencia externa (atraco, agresión,  amenaza, etc.)

Ante cualquier incidencia, duda, etc., recomendamos que os pongáis en contacto con cualquiera de nuestros delegados o delegadas.

Julio 2012

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