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ESTOS SON AHORA NUESTROS HORARIOS
Fusión Banco Popular - Banco Pastor.
julio 2012
Información de especial interés para la plantilla procedente de Banco Pastor.
¡OJO! Sustituyen a todo tipo de condiciones anteriores recogidas en Acuerdos como el de Libranza de Sábados en Banco Pastor, horarios recogidos en el Convenio de Banca, artículos 25.2, 25.3 o cualesquiera otras referencias sobre el horario 25.4 que como podréis observar no se contempla, quedando todo lo correspondiente a horarios flexibles recogido en el apartado 4 del Acuerdo de Libranza de Sábados de Banco Popular. Reproducimos los aspectos más importantes:
Por el Acuerdo de Libranza de Sábados Banco Popular
Apartado 2.- Establecer como régimen de jornada de referencia general, de aplicación en todas las oficinas de la Red Comercial del Banco en las que actualmente se encuentran empleados que trabajan en el horario continuado concretado en el Art. 25.2 y en sustitución del mismo el siguiente:
De lunes a jueves, todo el año, a excepción de los periodos que más abajo se indican, el horario será continuado de 8 a 15:30 horas.
El horario será continuado, entre las 8 y las 15:00 horas, en los siguientes días y periodos de cada año:
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Los viernes de todo el año
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Durante el periodo comprendido entre del 22 de junio y el 7 de septiembre, ambos inclusive.
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En el periodo de Navidad, comprendido entre el 22 de diciembre y el 7 de enero del año siguiente ambos inclusive.
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El último día laborable previo al primer festivo (miércoles o jueves según los casos) de la Semana Santa.
El personal perteneciente a la plantilla de Servicios Centrales, que esté realizando actualmente un horario que coincida con el del Art. 25.2. del Convenio Colectivo, pasará a efectuar el horario de referencia general descrito en este punto.
Bolsa de 25 h. anuales de mutuo acuerdo entre empleado y Dirección de su Unidad, para formación o asistencia a reuniones relacionadas con temas del negocio.
Por el Acuerdo de Homologación:
.. en todos aquellos centros de la citada Red (Red Comercial), incluyendo en su caso, los de las Direcciones Territoriales y Regionales, el horario de referencia general de los viernes será el establecido como tal en el Acuerdo de Libranza de Sábados del Banco Popular,
apartado 2, igualmente será de aplicación el citado horario de referencia en estos centros, durante el periodo comprendido entre el 22 de diciembre y el 7 de enero del año siguiente, ambos inclusive, y el último día laborable de la semana previo al primer festivo de la Semana Santa.
Por el Acuerdo de Libranza de Sábados Banco Popular:
Apartado 3.- Referido y sustituyendo al horario establecido en el Art. 25.3 del Convenio Colectivo (jornada partida).
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De lunes a jueves, entrada flexible entre las 8:30 y las 9 h. y salida flexible a partir de las 18 h., con un mínimo de 1 hora para comer (a criterio del empleado), de modo que en el conjunto de la jornada se contemplen 8 horas de trabajo efectivo. Continuado de 8 a 15 horas en los mismos periodos que en el apartado 2, y 6 tardes de libranza por año natural.
Apartado 4.- Cláusula de Flexibilidad
El personal directivo (Grupo Técnico), y el personal comercial expresamente designado por el Banco, que presten servicio en oficinas de la Red Comercial, queda facultado para distribuir, a su criterio, su tiempo de actividad laboral, con la discrecionalidad y flexibilidad convenientes con el cumplimiento del tiempo de trabajo exigible y la atención a la necesaria conciliación de la vida personal, laboral y familiar. En cualquier caso, la jornada anual a realizar no excederá de la máxima establecida en cada momento por el Convenio Colectivo sectorial de Banca, que asciende actualmente a 1.700 horas
julio 2012