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SALARIOS
Fusión Banco Popular - Banco Pastor.
julio 2012
Información de especial interés para la plantilla procedente de Banco Pastor.
En el Grupo Banco Popular, del que ahora formamos parte, podemos distinguir 3 clases fundamentales de salario:
Salario Convenio
Salario graciable extraconvenio
Bonus por cumplimiento de objetivos (realizaremos análisis más adelante)
SALARIO CONVENIO PAGAS EXTRAORDINARIAS
Según la siguiente distribución:
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Extra julio: 15 de Julio (La que se pagaba en Pastor en Junio)
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¼ paga Mejora Productividad: incluida en la nómina de Agosto.
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½ paga Estímulo a la Producción: 15 de Septiembre
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Extra Navidad: 15 de Diciembre
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Extra beneficios Navidad: 15 Diciembre
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Beneficios año anterior (cuartos de paga): 15 de Febrero (pagaderos hasta ahora en Pastor en Abril).
Y la plantilla procedente de Banco Pastor en virtud del Acuerdo de Homologación, irá incrementando su salario, por cuartos de paga de beneficios:
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15 de Febrero 2013: los actuales 3/4 (de Pastor en Abril) + 2/4 homologación = 5/4 de paga
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15 de Febrero 2014: 5/4 de paga + 3/4 homologación = 8/4 de paga
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15 de Febrero 2015: 8/4 de paga + 3/4 homologación = 11/4 de paga
SALARIO EXTRACONVENIO Y/O SALARIO GRACIABLE
En Banco Popular para las personas que cobran complementos por encima de convenio tienen establecido lo que se llama Nuevo Sistema Retributivo o NSR.
Se trata de un acuerdo individual de salario anual pactado. Se pacta una cantidad cerrada de salario/año que suma las percepciones de convenio y el pacto individual o complemento individual absorbible y relacionado con funciones, responsabilidades y apoderamiento y engloba todo tipo de complemento graciable. Aunque con matices equivaldría a las cartas de nombramiento de Banco Pastor.
Solo queda fuera del NSR el concepto complemento movilidad que se da por aceptar la movilidad geográfica; es del 100% los primeros cuatro años y después va disminuyendo, el 5º. año se cobra el 75%, el 6º. el 50% y el 7º. y último el 25% , excepto que se acepten nuevas movilidades. Dicho concepto se recoge en un escrito inicial por el importe anual y otros escritos posteriores por cada modificación. Ese es el procedimiento habitual.
julio 2012