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Resumen Acción Sindical La Rioja hasta septiembre de 2012
En los cinco primeros meses de 2012, se autorizaron/comunicaron a la Administración, 13.518 ERE que afectaron a 176.085 personas, de los que el 15,9% del total (2.153) fueron de extinción de contratos; el 47,1% (6.370) de suspensión temporal de contratos y el 37% (4.995) de reducción de jornada.
Para defender el futuro. Marcha a Madrid. Quieren arruinar el país. 15 SEP 2012 ¡Vamos!
Para la Gran marcha a Madrid del día 15 de septiembre, se emitieron bonos por un valor de 10, que incluían el viaje a Madrid, la camiseta conmemorativa y la chapa.
Sentencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas sobre el tema de vacaciones e incapacidad temporal (IT).
Cualquier trabajador que tenga una incapacidad temporal (IT) en el período de sus vacaciones anuales, tiene derecho a disfrutar de esos días posteriormente.
Enlace a Sentencia Vacaciones e Incapacidad Temporal
Modificaciones introducidas por la ley 3/2012, respecto del RDL 3/2012.
Contrato de trabajo por tiempo indefinido de apoyo a los emprendedores. El RDL hace temporales, pero sin derecho a indemnización alguna, a todos los trabajadores que a partir de febrero suscriban en las empresas de menos de 50 trabajadores, que se establece en un año de duración.
Bonificaciones a la contratación. Por contratación indefinida de víctimas de violencia de género o doméstica, trabajadores excluidos socialmente y víctimas del terrorismo.
Tiempo de trabajo. Se amplía del 5% al 10% la disponibilidad por el empresario de un margen de distribución irregular de la jornada, con el requisito de preavisar al trabajador con un mínimo de 5 días. Convenios colectivos. Ultraactividad: Se limita a un año a contar desde su denuncia. Convenios de empresa: La preferencia del convenio colectivo en la empresa sobre el convenio del sector, se establece de forma taxativa. Edad de jubilación: Se impide a los convenios colectivos pactar, como política de empleo, edades de jubilación.
Comisión consultiva nacional de convenios colectivos. Se suprime la constitución del Consejo de Relaciones Laborales y se mantiene la CCNCC con la misma naturaleza jurídica que ha tenido siempre pero con las nuevas funciones de arbitraje en la inaplicación de las condiciones de trabajo.
Extinción del contrato.
Causas económicas: Se ajusta la definición de causas económicas incorporando el término "ingresos ordinarios".
Despidos colectivos que afecten a trabajadores de cincuenta o más años en empresas con beneficios: Se reduce de 500 a 100 el número de trabajadores en plantilla cuando realicen despidos colectivos que afecten a trabajadores de cincuenta o más años.
Despido objetivo por absentismo: Se establece que no se computarán las ausencias que obedezcan a un tratamiento médico de cáncer o enfermedad grave. (Existe una guía de actuación editada por CC.OO. para que el control del absentismo tenga las mejores garantías para el trabajador).
Modificaciones en materia de cobertura de lagunas de seguridad social. Se modifica el régimen de cobertura de las lagunas de cotización (periodos en los que no ha habido obligación de cotizar) para el cálculo de las pensiones, empeorando las condiciones y en consecuencia el importe de la pensión.
Real Decreto 20/2012 que incluye todos los recortes aprobados por el Consejo de Ministros del viernes día 13-07-2012.
Cotizará a la Seguridad Social, el exceso de indemnización exenta a efectos de IRPF. Dejan de estar exentos de cotización los productos en especie concedidos voluntariamente por las empresas, las percepciones por matrimonio, el quebranto de moneda y las indemnizaciones por desgaste de herramientas o ropa de trabajo. El desempleo se calculará a partir del día 181 con el 50% de la base reguladora. Durante la percepción del desempleo, la aportación del trabajador pasa al 4,70%. Mayor control del desempleo, con posible suspensión de prestaciones en los requerimientos de inscripción, administrativos, documentación, lucha contra el fraude, asistencia a cursos de formación, acreditación de la búsqueda activa de empleo. El subsidio para mayores de 52 años pasa a ser subsidio para mayores de 55 años. Los salarios máximos que paga el FOGASA por insolvencia del empresario pasan de un máximo de 150 días a 120 días. Renta activa de inserción.- La salida al extranjero, por cualquier motivo o duración, interrumpe la inscripción, que es uno de los requisitos para tener derecho a la renta activa.
CCOO pide a las organizaciones empresariales que cumplan lo pactado en el II AENC.
El incremento medio de los convenios colectivos para 2012 se sitúa, en el 1,73% a nivel general; 1,79% en los convenios de empresa y 1,72% en los convenios de ámbito superior. En los convenios plurianuales revisados el incremento se sitúa en el 1,86%. Comisiones Obreras reclama el estricto cumplimiento del II AENC 2012-2014, que conlleva, además de la fuerte moderación salarial pactada, la necesidad de moderar los beneficios empresariales y su reinversión en la mejora de la capacidad productiva de la empresa y la estabilidad y generación de empleo y la necesidad de que la aplicación de la flexibilidad interna y de la inaplicación temporal de algunas de las materias esenciales del convenio, se realice mediante acuerdos con la representación sindical o unitaria de los trabajadores o, en ausencia de acuerdo, con el recurso a los sistemas de solución autónoma de conflictos.
Reforma de la protección por desempleo en las Comunidades autónomas.
La tasa de cobertura de las prestaciones por desempleo disminuye en La rioja ha pasado del
75,9 % al 64,7 % en sólo dos años, lo que significa una disminución del -11,2 %.
El porcentaje en La Rioja de las familias que todos sus miembros están en paro ha aumentado en los dos últimos años 7,9 al 9,7 %.
CCOO ante los datos de paro registrado y afiliación a la seguridad social.
Desde CCOO venimos denunciando la continua rebaja que tiene la tasa de cobertura por desempleo, que ha pasado del 72% a primeros de 2008 al 65% en mayo de 2012. Así mismo, la calidad de las prestaciones también demuestra la caída constante de los beneficiarios de las prestaciones contributivas, que han pasado del 58% en enero de 2008 al 46% en mayo de 2012.
Esto implica que la cuantía económica que perciben en la actualidad la mayoría de los perceptores de prestaciones se encuentra en torno a los 426 euros. Para hacer una valoración efectiva de lo que supondría modificar las condiciones para el acceso a las prestaciones por desempleo, hay que añadir que el número de hogares con todos sus miembros activos en paro continúa creciendo situándose en 1.728.400 en el primer trimestre de 2012 de los cuales 583.700 (33,8%) no tienen ningún tipo de ingresos. Desde al año 2008 al año 2011 la tasa de pobreza ha pasado del 19,6% al 21,8% respectivamente.
En relación con las prestaciones por desempleo la tasa de cobertura del mes de abril se sitúa en el 65,5%, muy por debajo de la de los años precedentes. En el mes de mayo, el número de personas desempleadas inscritas en las oficinas de empleo desciende en 30.113, situándose el número de parados en 4.714.122. El número medio de afiliados al Sistema de la Seguridad Social durante el mes de Mayo a alcanzado la cifra de 16.996.510 personas.
El número medio de afiliados en relación con el mes de Abril aumenta en 77.431, y la tasa interanual desciende al -3,39, lo que supone la pérdida de 595.680 afiliados. En junio de 2012, el número de personas desempleadas inscritas en las oficinas de empleo, se reduce en 98.853 personas, situándose el total de personas registradas como desempleadas en los servicios públicos de empleo en 4.615.269. Los afiliados a la Seguridad Social en junio aumenta en 31.332. Mientras los contratos temporales se incrementan un 7,6%, los indefinidos se reducen un 4,7% respecto al mes de mayo.
Información sobre Expedientes de Regulación de Empleo.
En los cinco primeros meses de 2012, se autorizaron/comunicaron a la Administración, 13.518 ERE que afectaron a 176.085 personas, de los que el 15,9% del total (2.153) fueron de extinción de contratos; el 47,1% (6.370) de suspensión temporal de contratos y el 37% (4.995) de reducción de jornada. Estos datos con respecto al año anterior, suponen un aumento del 66,7% en cuanto al número de procesos, y del 53,2% sobre el volumen de afectados.
Como consecuencia de los cambios introducidos en la reforma laboral, si comparamos los datos totales con el mismo periodo del 2011, observamos que los ERE no pactados se incrementan de 728 a 1.433, lo que supone un incremento del 96,8%. Los ERE autorizados/comunicados aumentan en un 66,7%; siendo un 36,3% el aumento registrado en los expedientes de extinción de contratos, del 70,1% en los de suspensión temporal y del 79,4% en los procesos que conllevan medidas de reducción de jornada. En La Rioja los expedientes autorizados/comunicados en el año 2012 son 193 y afectan a 2.620 trabajadores.