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Suspensión durante tres meses de la jubilación anticipada a los 61 y 63 años
Circular CCOO - UGT - CGT en Grupo Banco Popular
diciembre 2012
El Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes día 28 de diciembre un nuevo Real Decreto Ley que contempla la suspensión durante tres meses de la jubilación anticipada a los 61 y 63 años que debía de entrar en vigor el día uno de enero de 2013.
El Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes día 28 de diciembre un Real Decreto con importantes modificaciones a la Ley 27/2011 de reforma del sistema de Seguridad Social.
En concreto, y en lo que respecta a la jubilación anticipada a los 61 y 63 años que establece la citada Ley 27/2011 -que debía de entrar en vigor el día uno de enero de 2013- se contempla la suspensión durante tres meses de la jubilación anticipada.
Debemos esperar a analizar el texto legal que definitivamente se publique en el Boletín Oficial del Estado para determinar el alcance final de la suspensión (plazos, modalidades afectadas...) ya que la escasa información que ha dado públicamente el Gobierno sólo genera incertidumbre al respecto. No obstante, hemos de manifestar que son innecesarias las modificaciones que dicho Real Decreto establece, pues no existe fundamento económico ni jurídico para ello y, además, altera la reforma pactada sobre el Sistema de Pensiones, origen de la Ley 27/2011, antes incluso de que entre en vigor.
Desde esta representación sindical exigimos que cualquier acción legislativa de futuro tome en cuenta el marco legal que posibilita la jubilación anticipada en determinadas condiciones y requisitos, que es la base de distintos acuerdos que se van alcanzando en las empresas en los últimos meses.
En cualquier caso, una vez que conozcamos el contenido del BOE, la reacción y valoración de los trabajadores y trabajadoras deberán ser adecuadas y proporcionales a la intensidad de los cambios que se aprueben al margen del Diálogo Social y del Pacto de Toledo.
Seguiremos informando.
31 de diciembre de 2012