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Faltas Graves y muy Graves: Lo que deberías saber.
Tras los últimos despidos que se han sucedido en las diferentes
delegaciones de Asisa, esta Sección Sindical de CCOO quiere aclarar la
normativa que el Convenio de Seguros estipula respecto a las faltas graves y
muy graves.
Artículo 65. Procedimiento
sancionador. Régimen Jurídico. FALTAS GRAVES / MUY GRAVES
¿QUÉ DICE LA NORMATIVA?
En los supuestos de
sanciones por faltas graves y muy graves, el trabajador dispondrá de 4
días hábiles para contestar a la comunicación realizada por la Empresa
sobre los hechos que se le imputan. Transcurrido dicho período la Empresa
comunicará la sanción impuesta.
Las faltas graves y muy graves, requerirán comunicación escrita de la empresa al trabajador,haciendo constar la fecha y los hechos que la motivan.
El trabajador por su parte, habrá de firmar el correspondiente enterado.
La imposición de sanciones por faltas graves y muy graves será notificada a la representación legal de los trabajadores en la empresa. Si se tratara de trabajadores afiliad@sa un Sindicato, el trabajador/a afiliado/a puede requerir previamente la presencia del delegado sindical de la Sección Sindical de CCOO, o previamente ponerse en contacto con el delegado sindical.
El trabajador no
afiliado también puede requerir nuestra presencia pero sólo donde haya
Comité de Empresa o representación legal de los trabajadores y para conocer si
se ha cumplido la normativa que marca el convenio referente a la imposición de
faltas graves, muy graves o una carta de despido.
1. Si la empresa te notifica una falta grave o muy
grave sin mediar otro tipo de medida de por medio, NO FIRMES NADA, hay que
indicarla a RRHH que como afiliad@ quieres que la sección sindical de CCOO esté
presente , para saber si está informada del hecho y para actuar en consonancia.
Posteriormente,
y si la representación ha sido informada, se firma la notificación como
enterado
En esos
4 días se prepara conjuntamente un pliego de descargos, asesorados por abogados
de Comfia.
2. Si
la empresa te notifica el despido simultáneamente con una falta grave o muy
grave, NO FIRMES NADA, primero hay que indicarle que eres afiliado, y antes de
firmar, quieres que esté presente tu representante de la Sección Sindical de
CCOO.
La empresa está obligada
por ley a informar con anterioridad al hecho causante, y en la firma del
finiquito o liquidación, por lo tanto, puedes llamar a un miembro de la Sección
Sindical de CCOO para que te acompañe.
Después
acudiremos a la Asesoría Jurídica de Comfia para estudiar el despido y tomar
las medidas necesarias.
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